Bolivia: Decreto Presidencial Nº 715, 1 de diciembre de 2010

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 6 de la Ley Nº 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, señala que sólo la Ley puede crear, modificar y suprimir tributos, otorgar y suprimir exenciones, reducciones o beneficios tributarios.
  • Que el Artículo 55 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, aprobado por expresa disposición del numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, establece que las donaciones de mercancías destinadas a entidades públicas, estarán exentas del pago total de los tributos de importación, ya sean destinadas a su propio uso o para ser transferidas a entidades públicas u organizaciones económico-productivas y territoriales, a objeto de estimular la actividad de generación de centros de desarrollo social y productivo.
  • Que el párrafo segundo del Parágrafo II del Artículo 24 del Decreto Supremo Nº 0430, de 10 de febrero de 2010, que aprueba el Reglamento del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, establece para las entidades públicas exentas del pago de tributos de importación con recursos de donación, que deberán prever en sus presupuestos institucionales los gastos por concepto de almacenaje, transporte y otros gastos operativos.
  • Que los Ministerios de la Presidencia, de Desarrollo Rural y Tierras, y de Educación, realizaron solicitudes de exención tributaria de importación a la donación de un camión basurero, urea marcada estable, equipos educativos y un automóvil, cumpliendo con la presentación de los requisitos técnico-legales establecidos en la normativa vigente.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.-

  1. Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de un (1) camión basurero marca MAN, modelo 1997; con número de serie WMAM40018YO32315, COLOR NARANJA, modelo: M44 25, 264, donado por la Parroquia Evangélica de Prenzlauer Berg - Nord, Berlín - Alemania, con parte de recepción 701 2008 260292, a favor de la Unidad de Apoyo a la Gestión Social del Ministerio de la Presidencia.
  2. La donación señalada en el Parágrafo anterior, recibida por la Unidad de Apoyo a la Gestión Social del Ministerio de la Presidencia, será transferida al Gobierno Municipal de Samaipata, quedando exenta esta última del pago de tributos de importación y de los impuestos por transferencias.

Artículo 2°.-

  1. Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de “urea marcada estable” Ítem 001 490970 N - 15 (Labelled urea 10% atom excess), con Parte de Recepción Nº 211 2010 394358, donados por la Agencia Internacional de Energía Atómica - IAEA de Viena, Austria a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.
  2. La “urea marcada estable”, recibida por el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras en calidad de donación, será transferida en forma gratuita al Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal - INIAF, institución bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.

Artículo 3°.-

  1. Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de equipos educativos, con partes de recepción Nº 201 2010 438124 y Nº 201 2010 437166 donados por la República de Corea a través de la Agencia Coreana de Cooperación Internacional - KOIKA a favor del Ministerio de Educación.
  2. Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de un (1) automóvil marca HYUNDAI, Tipo Avante - XD, Color BLANCO, Nº de Chasis KMHDN41BP6U219218, Modelo 2006, combustible gasolina, donado por la República de Corea, a través de la Agencia Coreana de Cooperación Internacional - KOIKA, con parte de recepción 201 2010 438124 e Inventario de Vehículos Nº 1409 emitido por Depósitos Aduaneros Bolivianos -DAB, a favor del Ministerio de Educación.
  3. Los equipos educativos y el automóvil, señalados en los Parágrafos I y II del presente Artículo, recibidos por el Ministerio de Educación en calidad de donación, serán transferidos en forma gratuita al Politécnico Corea de la ciudad de El Alto, quedando exento éste último del pago de tributos de importación y de los impuestos de transferencia.


Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de la Presidencia; de Economía y Finanzas Públicas; de Educación y de Desarrollo Rural y Tierras, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la ciudad de La Paz, al primer día del mes de diciembre del año dos mil diez.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Rubén Aldo Saavedra Soto, MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE GOBIERNO, Elizabeth Arismendi Chumacero, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano MINISTRA DE DES. PRODUC. Y ECONOMIA PLURAL E INTERINA DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Walter Juvenal Delgadillo Terceros MINISTRO DE OO. PP. SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACION E INTERINO DE SALUD Y DEPORTES, Nemesia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 715, 1 de diciembre de 2010
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza las exenciones tributarias de importación a las donaciones de mercancías, cumpliendo con la presentación de los requisitos técnico-legales establecidos en la normativa vigente.
KeywordsGaceta 196NEC, 2010-12-02, Decreto Presidencial, diciembre/2010
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/138806
Referencias2010.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Rubén Aldo Saavedra Soto, MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE GOBIERNO, Elizabeth Arismendi Chumacero, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano MINISTRA DE DES. PRODUC. Y ECONOMIA PLURAL E INTERINA DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Walter Juvenal Delgadillo Terceros MINISTRO DE OO. PP. SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACION E INTERINO DE SALUD Y DEPORTES, Nemesia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2492] Bolivia: Código Tributario Boliviano, 2 de agosto de 2003
Código Tributario
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-N430] Bolivia: Decreto Supremo Nº 430, 10 de febrero de 2010
Reglamenta la aplicación del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010.

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