Bolivia: Decreto Presidencial Nº 5170, 5 de junio de 2024

Decreto Presidencial Nº 5170
DAVID CHOQUEHUANCA CÉSPEDES
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el numeral 1 del Artículo 174 de la Constitución Política del Estado determina como atribución de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado, asumir la Presidencia del Estado, en los casos establecidos en la Constitución.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 165 del Texto Constitucional establece que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o el Presidente del Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y las Ministras y los Ministros de Estado.
  • Que los numerales 4 y 22 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado disponen que es atribución de la Presidenta o del Presidente del Estado, entre otros, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y designar a las Ministras y a los Ministros de Estado.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 13 del Decreto Supremo Nº 4857, de 6 de enero de 2023, señala la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo compuesta por Ministras y Ministros del Estado Plurinacional de Bolivia, entre los que se encuentra la Ministra(o) de Hidrocarburos y Energías.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 118 del Decreto Supremo Nº 4857, establece que en ausencia temporal de una Ministra(o) la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional, mediante Decreto Presidencial, designará interinamente a una Ministra(o) del área y una Viceministra(o) designada(o) administrará operativamente el ministerio.
  • Que mediante nota CITE: MHE-DGAJ-UGJ/2024-0234, el ciudadano Franklin Molina Ortiz, Ministro de Hidrocarburos y Energías, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 5 al 7 de junio del presente año, a la ciudad de Brasilia - República Federativa de Brasil, a objeto de participar en las reuniones convocadas por el Ministro de Minería y Energías y el Secretario de Petróleo, Gas Natural y Biocombustible de Brasil, para tratar los siguientes temas: «a) Proyectos exploratorios y de desarrollo de PETROBRAS en Bolivia»; «b) Requerimiento de participación comunicacional de PETROBRAS en el proyecto Domo Oso - X3» y «c) Establecer lineamientos bilaterales para realizar las operaciones de gas de tránsito por Bolivia», razón por la cual solicita se designe Ministra o Ministro Interino, mientras dure su ausencia, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 118 del Decreto Supremo Nº 4857.

DECRETA:

Artículo Único.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍAS, al ciudadano Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Ministro de Planificación del Desarrollo, mientras dure la ausencia del titular.


Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de junio del año dos mil veinticuatro.
FDO. David Choquehuanca Céspedes, Maria Nela Prada Tejada.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 5170, 5 de junio de 2024
Fecha2024-06-09FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesígnese MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍAS, al ciudadano Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Ministro de Planificación del Desarrollo, mientras dure la ausencia del titular.
KeywordsGaceta 1769NEC, Decreto Presidencial, junio/2024
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/169424
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1769NEC, 202406b.lexml
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PublicadorDeveNet.net

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Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009

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