Bolivia: Decreto Presidencial Nº 27454, 14 de abril de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Embajador Juan Ignacio Siles del Valle, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, debe ausentarse del país, acompañando al Excelentísimo Señor Presidente de la República, Dn. Carlos D. Mesa Gisbert, a la ciudad de Asunción- República del Paraguay, del 15 al 17 de abril de 2004.
  • Que es necesario designar Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el artículo 2, numeral II de la Ley Nº 2446 de 19 de marzo de 2003.

DECRETA:

Artículo Único.- Desígnase Ministro Interino de Relaciones Exteriores y Culto, al Embajador Jorge Gumucio Granier, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto, mientras dure la ausencia del titular.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de abril del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 27454, 14 de abril de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesígnase Ministro Interino de Relaciones Exteriores y Culto, al Embajador Jorge Gumucio Granier, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto.
KeywordsGaceta 2589, 2004-04-19, Decreto Presidencial, abril/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25008
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2446] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), 19 de marzo de 2003
Ley de Organización del Poder Ejecutivo

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.