Bolivia: Decreto Presidencial Nº 27141, 26 de agosto de 2003

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 2446 de 19 de marzo de 2003, de Organización del Poder Ejecutivo - LOPE, establece las normas que rigen la organización y funcionamiento del Poder Ejecutivo, determinando su estructura y competencias.
  • Que de conformidad con lo previsto en el Parágrafo IV, Artículo 2° de la Ley Nº 2446, es facultad del Presidente de la República designar Ministros Sin Cartera, mediante Decreto Presidencial, para formular y ejecutar políticas específicas, reasignando, para tal fin las atribuciones ministeriales establecidas en dicha Ley.
  • Que es prioritario para el Gobierno Nacional profundizar los procesos de participación popular y descentralización administrativa con el propósito de agilizar y lograr concurrencia en la inversión a nivel regional y local, en el marco de los Sistemas de Planificación e Inversión.
  • Que en este marco, se hace necesario realizar ajustes a las atribuciones del Ministerio Sin Cartera Responsable de Participación Popular, con la finalidad de atender de manera eficaz estos desafíos gubernamentales.

DECRETA:

Artículo 1°.- (Ministro Sin Cartera Responsable de Participacion Popular) Las atribuciones del Ministro Sin Cartera Responsable de Participación Popular se reordenan de la siguiente manera:

  1. Coordinar las acciones político-administrativas de la Presidencia de la República con los Prefectos de Departamento.
  2. Formular políticas para mejorar y fomentar la descentralización administrativa.
  3. Formular políticas para fortalecer la participación popular y el desarrollo municipal y de las mancomunidades.

Artículo 2°.- (Vigencia de normas)

  1. Se adecuan a lo establecido en el presente Decreto Presidencial, todas las disposiciones legales relacionadas a la temática que trata el mismo.
  2. Se derogan y abrogan todas las disposiciones legales contrarias al presente Decreto.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil tres.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, José Guillermo Justiniano Sandoval.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 27141, 26 de agosto de 2003
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAtribuciones del Ministro Sin Cartera Responsable de Participación Popular.
KeywordsGaceta 2517, 2003-08-29, Decreto Presidencial, agosto/2003
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24696
Referencias2003.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, José Guillermo Justiniano Sandoval.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2446] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), 19 de marzo de 2003
Ley de Organización del Poder Ejecutivo

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