Bolivia: Decreto Presidencial Nº 24092, 24 de agosto de 1995

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Ing. Luis Lema Molina, Ministro de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, debe ausentarse del país, en misión oficial a la ciudad de Lima, República del Perú, del 24 al 26 de agosto del año en curso.
  • Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley Nº 1493 de 17 de septiembre de 1993, es necesario designar al Ministro suplente para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de Estado.

DECRETA

Artículo Único.- Desígnase Ministro suplente de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, al Lic. ALFONSO KREIDLER GUILLAUX, Secretario Nacional de Planificación, mientras dure la ausencia del titular.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los vienticuatro días del mes de agosto de mil novecientos noventa y cinco años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la Republica, José G. Justiniano Sandóval, Ministro de la Presidencia

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 24092, 24 de agosto de 1995
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesígnase Ministro suplente de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, al Lic. ALFONSO KREIDLER GUILLAUX, Secretario Nacional de Planificación.
KeywordsGaceta 1900, 1995-09-08, Decreto Presidencial, agosto/1995
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16947
Referencias1990b.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la Republica, José G. Justiniano Sandóval, Ministro de la Presidencia
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1493] Bolivia: Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo, 17 de septiembre de 1993
Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.