Bolivia: Decreto Presidencial Nº 23781, 17 de mayo de 1994

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Dr. Reynaldo Peters Arzabe, Ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral debe ausentarse a la ciudad de Santiago de Chile del 18 al 25 de mayo del año en curso;
  • Que de conformidad a la Ley Nº 1493 de 17 de septiembre de 1993, Art.12, es necesario designar al Ministro Suplente para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de Estado.

DECRETA:

Artículo Único.- Desígnase Ministro Suplente de Trabajo y Desarrollo Laboral al Dr. Jorge España Smith, Subsecretario de Cooperativas, mientras dure la ausencia del titular.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos noventa y cuatro años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la Republica, Carlos Sánchez Berzaín, Ministro de la Presidencia de la Republica

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 23781, 17 de mayo de 1994
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesígnase Ministro suplente de Trabajo y Desarrollo Laboral al Dr. Jorge España Smith, Subsecretario de Cooperativas.
KeywordsGaceta 1833, 1994-05-27, Decreto Presidencial, mayo/1994
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17588
Referencias1994.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la Republica, Carlos Sánchez Berzaín, Ministro de la Presidencia de la Republica
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1493] Bolivia: Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo, 17 de septiembre de 1993
Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo

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