CONSIDERANDO:
DECRETA:
Artículo 1°.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia a conceder al Supremo Gobierno un préstamo en moneda nacional boliviana por el equivalente a un millón de dólares estadounidenses ($us. 1.000.000.-), al tipo de cambio oficial, con destino al convenio Boliviano-Argentino sobre Cooperación Económica Financiera y Cultural suscrito en 26 de marzo de 1947.
Artículo 2°.- El Banco Central de Bolivia hará la entrega de este préstamo mediante cuotas semestrales de doscientos cincuenta mil dólares estadounidenses en su equivalencia en moneda boliviana al cambio oficial, debiendo el Supremo Gobierno cancelar al Banco, cada cuota, en el plazo de un año, a partir de la fecha de su entrega, con el interés del cuatro por ciento anual (4%) y con la garantía de las rentas generales de la Nación.
Norma | Bolivia: Decreto Ley Nº 3005, 17 de marzo de 1952 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | DL |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza al Banco Central de Bolivia a conceder al Supremo Gobierno un préstamo de $us. 1.000.000.- al convenio Boliviano-Argentino sobre Cooperación Económica Financiera y Cultural | ||||
Keywords | Decreto Ley, marzo/1952 | ||||
Origen | Arch. /1880-1959/PDF 1952/DL-17-03-1952.pdf | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | (Fdo.) GRAL. HUGO BALLIVlAN. Gral. Antonio Seleme. Tcnl. Luís Martínez. Tcnl. Sergio Sánchez. Cnl. Tornas A. Suárez Tcnl. Carlos Ocampo. Gral. Donato Cardozo. Cnl. Carlos Montero. Gral. Francisco Careaga. Cnl. Valentín Gómez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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