CONSIDERANDO:
DECRETA:
Artículo 1°.- La Dirección General de Aeronáutica Civil y Comercial, establecerá los espacios prohibidos o restringidos para la construcción de edificios y la instalación de mástiles, chimeneas, postes, líneas de transmisión eléctrica, así como para las plantaciones forestales y demás trabajos semejantes, dentro de las zonas de seguridad y de aproximación de los aeródromos civiles y mixtos de la República, determinando al mismo tiempo las alturas máximas permitidas.
Artículo 2°.- Ningún trabajo de los previstos en el artículo anterior, podrá ejecutarse sin la autorización previa de la Dirección General de Aeronáutica Civil y Comercial, la cual tendrá a su cargo el control y supervigilancia de dichas obras conforme a los planos que le serán presentados juntamente con la solicitud respectiva. En caso de que existieran dichas construcciones, instalaciones, plantaciones u obras semejantes que constituyen verdaderos obstáculos para las operaciones de las aeronaves, se procederá a su demolición o retiro, debiendo el Estado efectuar la correspondiente indemnización, de acuerdo a la Ley de Expropiaciones.
Artículo 3°.- Para los fines del presente Decreto, se consideran:
Norma | Bolivia: Decreto Ley Nº 2978, 14 de febrero de 1952 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | DL |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | La Dirección General de Aeronáutica Civil y Comercial, establecerá los espacios prohibidos o restringidos para la construcción de edificios y la instalación de mástiles, chimeneas, postes, líneas de transmisión eléctrica, así como para las plantaciones forestales y demás trabajos semejantes | ||||
Keywords | Decreto Ley, febrero/1952 | ||||
Origen | Arch. /1880-1959/PDF 1952/DL-14-02-1952-4.pdf | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | (Fdo.) GRAL. HUGO BALLIVIAN. Cnl. Tomás A. Suárez. Tcnl. Luís Martínez. Cnl. Carlos Montero. Gral. Francisco Careaga. Gral. Donato Cardozo. Gral. Antonio Seleme. Tcnl. Facundo Moreno. V. Gómez. Tcnl. Sergio Sánchez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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