CONSIDERANDO:
DECRETO LEY:
Artículo 1°.- Todos los recursos creados por la Ley de 21 de noviembre de 1950 que han sido recaudados en la administración de Fomento Tabacalero y los que seguirán recaudándose en el futuro por las oficinas de Impuestos Internos, pasarán a una cuenta especial del Banco Central de Bolivia con la denominación de “Fomento Tabacalero”, a orden de la Agencia de Fomento Agrícola en Vallegrande, la que los utilizará mediante un presupuesto anual aprobado por el Ministerio de Agricultura y la Dirección General de Presupuestos, debiendo procederse a su inversión con intervención de la Contraloría General.
Artículo 2°.- Para lograr el mayor incremento de la producción tabacalera, en base a una orientación técnica, el Ministerio de Agricultura, nombrará un Ingeniero Agrónomo especializado en tabacos, que desenvolverá sus labores bajo dependencia de la Oficina de Fomento Agrícola de Vallegrande.
Artículo 3°.- Los bienes que han sido adquiridos hasta la fecha, muebles e inmuebles, por la Administración de Fomento Tabacalero de Vallegrande, serán entregados a la Agencia de Fomento Agrícola en esa ciudad, previa inventariación avaluada, practicada con intervención de la Contraloría.
Artículo 4°.- Deróganse las demás prescripciones de la Ley de 13 de noviembre de 1950, declarándose extinguida la función de la Administración de Fomento Tabacalero de Vallegrande.
Norma | Bolivia: Decreto Ley Nº 2959, 31 de enero de 1952 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | DL |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Todos los recursos creados por la Ley de 21 de noviembre de 1950 pasarán a una cuenta especial del Banco Central de Bolivia con la denominación de "Fomento Tabacalero" | ||||
Keywords | Decreto Ley, enero/1952 | ||||
Origen | Arch. /1880-1959/PDF 1952/DL-31-01-1952-5.pdf | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | (Fdo.) GRAL. HUGO BALLIVIAN. Tcnl. Facundo Moreno. Tcnl. Luís Martínez. Gral. Antonio Seleme. Gral. Francisco Careaga. Gral. Donato Cardozo. Cnl. Tomás A. Suárez. Cnl. Carlos Montero. Tcnl. Sergio Sánchez. Valentín Gómez | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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