CONSIDERANDO:
DECRETA:
Artículo 1°.- De los fondos propios del Departamento Pando a que se refiere el artículo 3° de la Ley de 2 de junio de 1947, se entregarán a la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, doscientos cuarenta mil bolivianos (BS. 240.000.) para la adquisición de muebles y útiles para las oficinas judiciales de su cargo.
Artículo 2°.- Estos fondos serán entregados para su inversión con cargo de cuenta documentada, el Presidente de la Corte Superior de Pando, con intervención de la Contraloría General de la República y el Sub Tesoro de Cobija.
Norma | Bolivia: Decreto Ley Nº 2842, 8 de noviembre de 1951 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | DL |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Entrega de fondos a la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando | ||||
Keywords | Decreto Ley, noviembre/1951 | ||||
Origen | Arch. /1880-1959/PDF 1951/DL-08-11-1951-2.pdf | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | (Fdo.) Gral. HUGO BALLIVIAN. Gral. Francisco Careaga. Gral. Donato Cardozo. Cnl. Carlos Montero. Cnl. Tomás A. Suárez. Tcnl. Luis Martínez. Tcnl. Carlos Ocampo. Tcnl. Facundo Moreno. Gral. Antonio Seleme. Cnl. Valentín Gómez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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