CONSIDERANDO:

  • Que el ciudadano Guillermo Urquidi, actual Ministro de la Corte Suprema de Justicia, tiene prestados al país eminentes servicios a través de cincuenta años, en que ha desempeñado diversas funciones públicas, dedicando sus esfuerzos al fomento de la cultura y al mejor conocimiento del suelo patrio;
  • Que en todas estas actividades, ha demostrado competencia, probidad y civismo excepcionales, haciéndose acreedor al reconocimiento nacional;
  • Que es deber del Supremo Gobierno exaltar y premiar estas virtudes cívicas.
  • En Junta Militar de Gobierno

DECRETA:

Artículo Único.- Concédese al ciudadano Dr. Guillermo Urquidi Palomo, la pensión vitalicia de TRECE MIL DOSCIENTOS BOLIVIANOS (Bs. 13.200.) mensuales a cuyo fin se inscribirá la respectiva partida en el Presupuesto de “Obligaciones del Estado” a partir del próximo año de 1952.


El señor Ministro de Hacienda y Estadística queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y un años.
(Fdo.) Gral. HUGO BALLIVIAN. Tcnl. Luis Martínez. Gral. Francisco Careaga. Gral. Antonio Seleme. Gral. Donato Cardozo. Cnl. Tomás A. Suárez. Cnl. Carlos Montero. Tcnl. Carlos Ocampo. Tcnl. Sergio Sánchez. Valentín Gómez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Ley Nº 2800, 23 de octubre de 1951
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoDL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioConcédese al ciudadano Dr. Guillermo Urquidi Palomo, la pensión vitalicia de Bs. 13.200.- mensuales
KeywordsDecreto Ley, octubre/1951
OrigenArch. /1880-1959/PDF 1951/DL-23-10-1951-1.pdf
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo.) Gral. HUGO BALLIVIAN. Tcnl. Luis Martínez. Gral. Francisco Careaga. Gral. Antonio Seleme. Gral. Donato Cardozo. Cnl. Tomás A. Suárez. Cnl. Carlos Montero. Tcnl. Carlos Ocampo. Tcnl. Sergio Sánchez. Valentín Gómez.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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