CONSIDERANDO:
DECRETA:
Artículo Único.- Para su vigencia en la presente gestión económica se aprueba el siguiente crédito adicional;
INGRESOS | |
Recursos provenientes de la emisión De Bonos Nacionales de 1951 | Bs. 150.000.000.- |
EGRESOS | |
Conversión de los Bonos de compren- Sanción Militar, Bonos de la Deuda Interna, y otros detallados en el Decreto Supremo de 1º de Agosto de 1951 | 10.000.000.- |
Refuerzos al item Nº 42 Sec. II, Gastos Imprevistos del Servicio de Obligaciones del Estado, creando mediante Decreto Supremo Nº 4243, de 8 de marzo de 1951 | 40.000.000.- |
para cubrir el déficit inicial de acuerdo a lo mandado por el Decreto Supremo Nº 2659, de 1º de agosto Último | 100.000.000.- |
Bs. 150.000.00.- | 150.000.000.- |
Norma | Bolivia: Decreto Ley Nº 2704, 31 de agosto de 1951 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | DL |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aprueba un crédito adicional | ||||
Keywords | Decreto Ley, agosto/1951 | ||||
Origen | Arch. /1880-1959/PDF 1951/DL-31-08-1951-1.pdf | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | (FDO). GRAL. HUGO BALLIVIAN. Gral. Francisco Careaga. Gral. Donato Cardozo. Tcnl. Carlos Ocampo. Cnl. Tomás Suárez. Tcnl. Facundo Moreno. Tcnl. Luis Martínez. Cnl. Valentín Gómez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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