CONSIDERANDO:

  • Que el procedimiento empleado en la actualidad para efectuar las compras destinadas a las pulperías de los Ferrocarriles del Estado, es inadecuado y motiva perjuicios a los trabajadores de las Empresas, especialmente para los que se encuentran alejados de los centros de consumo; Que el Decreto Supremo de 5 de marzo del año próximo pasado que crea la Dirección General de Aprovisionamiento del Estado dispone en su artículo séptimo que el señor Presidente de la República podrá excluir del régimen establecido al afecto, a las reparticiones fiscales, cuando así lo juzgue conveniente, para que puedan efectuar sus adquisiciones en forma directa y sin la intervención de dicha oficina;
  • Que el capital que empleen las pulperías de los Ferrocarriles del Estado, está formadas por los aportes y contribuciones personales de los empleados y obreros de las empresas mencionadas, siendo de su propio interés sean atendidas en mejor forma las adquisiciones por el concepto indicado.

DECRETA:

Artículo Único.- Las Pulperías de los Ferrocarriles del Estado, quedan excluidas con carácter general del sistema de adquisiciones que tiene bajo su control la Dirección General de Aprovisionamiento, debiendo en adelante efectuar todas sus adquisiciones en forma directa y de acuerdo a las disposiciones legales dictadas con anterioridad al Decreto Supremo de 5 de marzo de 1943.


Los señores Ministros de Obras Públicas y Hacienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 31 días del mes de julio de 1944 años.
Gualberto Villarroel Antonio Ponce. José C. Pinto. Enrique Baldivieso. Jorge Zarco Kramer. Jorge Calero. Víctor Andrade. Gustavo Chacón.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Ley de 31 de julio de 1944
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoDL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPulperías de los Ferrocarriles del Estado. - Quedan excluidos del control de la Dirección General de Aprovisionamiento.
KeywordsDecreto Ley, julio/1944
OrigenArch. /1880-1959/PDF 1944/DL-31-07-1944.pdf
Referencias1825-1960.lexml
CreadorGualberto Villarroel Antonio Ponce. José C. Pinto. Enrique Baldivieso. Jorge Zarco Kramer. Jorge Calero. Víctor Andrade. Gustavo Chacón.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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