Cosiderando:
DECRETA:
Artículo 1°.- Apruébase en todos sus términos el contrato firmado en la ciudad de La Paz, endecha 31 de julio del presente año, entre el Alcalde Municipal de Cochabamba y el Gerente de la Empresa de Luz y fuerza de dicha ciudad.
Artículo 2°.- Para el debido cumplimiento de este contrato se reconoce a la Empresa de Luz y Fuerza de Cochabamba, las siguientes concesiones:
Artículo 3°.- Autorízase al Comité Departamental de Obras Públicas de Cochabamba, para ejecutar los trabajos de los nuevos ramales de tranvía, conforme al contrato que se aprueba por el presente Decreto Ley, con los fondos destinados a las obras de pavimentación, incluyéndose el pago de las expropiaciones respectivas, cuyos trámites serán efectuados por la Municipalidad de Cochabamba de acuerdo a las disposiciones en vigilancia.
Artículo 4°.- El presente Decreto Ley, será incluido en contrato de referencia suscrito entre la alcaldía Municipal de Cochabamba y la empresa de luz de dicha ciudad.
Norma | Bolivia: Decreto Ley de 31 de julio de 1939 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | DL |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Contrato.-- Se aprueba el relativo a la instalación del servicio de estos vehículos en Cochabamba. | ||||
Keywords | Decreto Ley, julio/1939 | ||||
Origen | Arch. /1880-1959/PDF 1939/DL-31-07-1939-1.pdf | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Tcnl. G. Busch. F. Pou Mont. V. Leitón. W. Méndez. L. Herrero. R. Jordán Cuéllar. B. Navajas Trigo. A. Mollinedo. F. M. Rivera. C. Salinas A. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.