Artículo 1°.- El Presupuesto Nacional vigente del Servicio de Gobierno, Título 3o, Capítulo I, II, III se sustituye, en los términos siguientes:
(Por ser muy extenso no se publica el texto de las partidas modificadas y sustituidas.)
Artículo 2°.- El señor Ministro encargado de la cartera de Gobierno, dará ejecución y cumplimiento al presente decreto ley.
Norma | Bolivia: Decreto Ley de 30 de septiembre de 1930 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | DL |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Presupuesto Nacional.- Modifícase el título 3°, Capítulos I, II, y III del servicio de Gobierno. | ||||
Keywords | Decreto Ley, septiembre/1930 | ||||
Origen | Arch. /1880-1959/PDF 1930/DL-30-09-1930-2.pdf | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | E. Gonzáles Q. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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