Bolivia: Ley Nº 3789, 24 de noviembre de 2007

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- (Declaratoria de Necesidad) De conformidad al Artículo 25° de la Constitución Política del Estado se declara de necesidad nacional la explotación de los yacimientos de hierro del Mutún mediante la modalidad del Contrato de Riesgo Com partido suscrito en fecha 18 de julio de 2007 entre la Empresa ' Siderúrgica del Mutún (ESM), en representación de Estado boliviano, y la empresa extranjera Jindal Steel Bo livia S.A., subsidiaria de la empresa hindú Jindal Steel & Power Limited.

Artículo 2°.- (Aprobación del Contrato) Por disposición del Artículo 59, atri bución 5a de la Constitución Política del Estado, se autoriza y aprueba el Contrato de Riesgo Compartido del Mutún R. C. para la exploración, explotación minera, concen tración, peletización, reducción directa, aceración, industrialización y comercialización de productos metalúrgicos y siderúrgicos, obtenidos de minerales de hierro del yaci miento Mutún, en los términos de su redacción contenida en sesenta y un cláusulas y sus siete anexos (I Pliego de Condiciones, II Propuesta de Jindal Steel & Power Limited - JSPL, III aportes de la Empresa Siderúrgica de Mutún - ESM, IV Procedimientos Contables, V Decreto Supremo de Homologación, VI Resolución de cesión del área del Contrato y VII Cartas y Acuerdos entre partes), suscrito entre la Empresa Siderúrgica del Mutún y Jindal Steel Bolivia S.A. empresa subsidiaria de Jindal Steel & Power Limited de la India, adjudicataria de la Licitación Internacional MDE/ARPO/LIC-01/2005.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinti trés días del mes de noviembre de dos mil siete años.
Fdo. Alvaro Marcelo García Linera, José Villavicencio Amuruz, Edmundo No villo Aguilar, Fernando Rodriguez Calvo, Orlando P. Miranda Valverde, Tito Carraza na Baldiviezo, Filemón Aruni Gonzáles.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil siete años.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Luis Alberto Arce Catacora, Celinda Sosa Lunda, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3789, 24 de noviembre de 2007
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclara de necesidad nacional la explotación de los yacimientos de hierro del Mutún mediante la modalidad del Contrato de Riesgo Compartido suscrito en fecha 18 de julio de 2007 entre la Empresa Siderúrgica del Mutún (ESM), en representación de Estado boliviano, y la empresa extranjera Jindal Steel Bolivia S.A., subsidiaria de la empresa hindú Jindal Steel & Power Limited
KeywordsLey, noviembre/2007
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3789
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Alvaro Marcelo García Linera, José Villavicencio Amuruz, Edmundo No villo Aguilar, Fernando Rodriguez Calvo, Orlando P. Miranda Valverde, Tito Carraza na Baldiviezo, Filemón Aruni Gonzáles. Fdo. EVO MORALES AYMA, Luis Alberto Arce Catacora, Celinda Sosa Lunda, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

Referencias a esta norma

[BO-DS-29738] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29738, 15 de octubre de 2008
Prioriza el financiamiento y ejecución de la construcción de la carretera Puerto Suárez - Puerto Busch, cualquiera sea la forma de pago a favor de la Empresa Siderúrgica del Mutún - ESM, en el marco de lo establecido en el inciso g) del Artículo 6 de la Ley Nº 3790 de 24 de noviembre de 2007 en lo que corresponde a la participación del treinta y ocho por ciento (38%) del Tesoro General de la Nación - TGN, facultándose al efecto a las instancias públicas correspondientes, realizar las acciones necesarias para su inmediata ejecución
[BO-DS-29893] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29893, 4 de febrero de 2009
Autoriza a las Fuerzas Armadas de la Nación, a través del Ministerio de Defensa Nacional, a otorgar en calidad de Préstamo de Uso o Comodato por el plazo excepcional de (40)años, predios de su propiedad a favor de la Corporación Minera de Bolivia - COMIBOL, previo cumplimiento del Artículo 126 de la Ley Nº 1405 de 30 de diciembre de 1992, Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la Nación

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