Artículo 1°.- Autorízase al Gobierno Municipal de Cochabamba, junto a los co munariu productores de leche del Proyecto de Desarrollo de Area (PDA-Azirumarca) y la Asociación de Municipios de Cochabamba (AMDECO), conformar una sociedad de Economia mixta bajo la denominación de “procesadora de lácteos y derivados para Municipalidades (PROLAM SAM)”, con el objeto de elaborar productos lácteos para la provisión, sin trámite previo, del Desayuno Escolar en el Municipio de Cochabamba y en los Municipios que requieran de este servicio.
La maquinaria e infraestructura a construir, estará emplazada en la Subcentral Agraria “Azirumarca” del Municipio de Cochabamba.
Artículo 2°.- Apruébase y autorizase a la Honorable Alcaldía Municipal de Co chabamba, realizar aportes únicamente en servicios, materiales, estudios y proyectos, equivalentes en moneda nacional a $us 225.000.- (doscientos veinticinco mil dólares americanos), a fin de cubrir el 15% (quince por ciento) de su participación acciónaria en la Empresa.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3746, 27 de septiembre de 2007 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza al Gobierno Municipal de Cochabamba, junto a los comunarios productores de leche del Proyecto de Desarrollo de Area (PDA-Azirumarca) y la Asociación de Municipios de Cochabamba (AMDECO), conformar una sociedad de economía mixta bajo la denominación de "Procesadora de Lácteos y Derivados para Municipalidades (PROLAM SAM)", con el objeto de elaborar productos lácteos para la provisión, sin trámite previo, del Desayuno Escolar en el Municipio de Cochabamba y en los Municipios que requieran de este servicio | ||||
Keywords | Ley, septiembre/2007 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3746 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Villavicencio Amurúz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodri guez Calvo, Tito Carrazana Baldiviezo, Filemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda Valverde. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Celinda Sosa Lunda, Nila Heredia Miranda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.