Bolivia: Ley Nº 2625, 22 de diciembre de 2003

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Derógase los Títulos III y IV, correspondientes a los Artículos 17° al 23°, de la Ley Nº 2494, de 4 de agosto de 2003, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.


Remítase al, Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada, en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes diciembre de dos mil tres años.
Fdo. Gonzalo Chirveches Ledezma, Oscar Arrien Sandoval, Marcelo Aramayo P., Juan Luis Choque Armijo, Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Seoane Hurtado.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil tres años.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2625, 22 de diciembre de 2003
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDerógase los Títulos III y IV, correspondientes a los Artículo 17° al 23°, de la Ley N° 2494, del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana
KeywordsLey, diciembre/2003
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2625
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Gonzalo Chirveches Ledezma, Oscar Arrien Sandoval, Marcelo Aramayo P., Juan Luis Choque Armijo, Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Seoane Hurtado. Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2494] Bolivia: Ley de sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, 4 de agosto de 2003
Ley de sistema Nacional de Seguridad Ciudadana

Referencias a esta norma

[BO-COD-20101008] Bolivia: Texto ordenado del Código Penal, 8 de octubre de 2010
Texto Ordenado del Código Penal

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.