Artículo 1°.- Es ley de la República la sancionada por el H. Congreso Nacional en 29 de noviembre de 1943, referente a recursos para obras públicas, de vialidad y de restauración colonial que debe realizar el "Comité Pro IV Centenario de la Fundación de la Villa Imperial".

Artículo 2°.- Asimismo, es ley de la República, la sancionada el 29 de noviembre de 1943, relativa al fondo económico para la celebración del IV Centenario de la fundación de la, ciudad de La Paz con las siguientes modificaciones

  1. - Se deroga el inciso del artículo 3o., que se refiere al recargo del impuesto adicional sobre exportaciones creado por Decreto Ley de 7 de junio de 1939;
  2. - Se modifica el inciso del mismo artículo 3o., en la siguiente forma: "El recargo del 50% sobre el impuesto del 2 y 1/2% a que se refiere el Decreto Ley de 31 de diciembre de 1943, relativo a toda transferencia de bienes inmuebles a título oneroso, que se realice en la ciudad de La Paz".
  3. - El Artículo 11o., queda redactado así: "El 1o. de enero de 1945, el Comité Pro IV Centenario de la Fundación de La Paz, convocará a un concurso da proyectos, planos y estudios completos para la realización de las obras a que se refiere la presente ley, destinando la suma de un millón de bolivianos, (Bs. 1.000.000.- ), para distribuirlos proporcionalmente y de acuerdo a las obras a ejecutarse, en premios para los mejores trabajos. Los indicados planos, proyectos y estudios completos, deberán ser presentados hasta el 16 de julio de 1945 y los premios otorgados el 20 de octubre del mismo año".


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones de la H. Convención Nacional. La Paz, 17 de noviembre de 1944.
Tamayo.- G. Monroy Block, Convencional Secretario.- E. Soriano E., Convencional Secretario.- A. Zamorano, Convencional Secretario.- C. Morales A., Convencional Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a primero de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro años.
G. Villarroel.- J. Zarco Kramer.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 1 de diciembre de 1944
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCentenarios de Potosi y La Paz. - Declárense leyes las sancionada en 29 de noviembre de 1943, con algunas modificaciones.
KeywordsLey, diciembre/1944
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorTamayo.- G. Monroy Block, Convencional Secretario.- E. Soriano E., Convencional Secretario.- A. Zamorano, Convencional Secretario.- C. Morales A., Convencional Secretario. G. Villarroel.- J. Zarco Kramer.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Referencias a esta norma

[BO-DS-22445] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22445, 28 de febrero de 1990
Se concede a la Cooperativa Eléctrica Sucre S.A., un año a partir de la fecha del presente decreto, como último plazo, para su transformación en sociedad anónima mixta, cumpliendo las formalidades legales en vigencia.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.