Bolivia: Decreto Supremo Nº 4756, 13 de julio de 2022

Decreto Supremo Nº 4756
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que los Parágrafos I y II del Artículo 306 de la Constitución Política del Estado, determinan que el modelo económico boliviano es plural y está orientado a mejorar la calidad de vida y el vivir bien de todas las bolivianas y los bolivianos; y que la economía plural está constituida por las formas de organización económica comunitaria, estatal, privada y social cooperativa.
  • Que el Artículo 309 del Texto Constitucional, establece que la forma de organización económica estatal comprende a las empresas y otras entidades económicas de propiedad estatal.
  • Que el numeral 4 del Artículo 316 de la Constitución Política del Estado, dispone que la función del Estado en la economía consiste, entre otros, en participar directamente en la economía mediante el incentivo y la producción de bienes y servicios económicos y sociales para promover la equidad económica y social, e impulsar el desarrollo, evitando el control oligopólico de la economía.
  • Que los Parágrafos I y III del Artículo 318 del Texto Constitucional, señalan que el Estado determinará una política productiva industrial y comercial que garantice una oferta de bienes y servicios suficientes para cubrir de forma adecuada las necesidades básicas internas, y para fortalecer la capacidad exportadora; y el Estado fortalecerá la infraestructura productiva, manufacturera e industrial y los servicios básicos para el sector productivo.
  • Que el Decreto Supremo Nº 3592, de 13 de junio de 2018, tiene por objeto autorizar la fusión de las Empresas Públicas Productivas: Empresa Boliviana de Almendra y Derivados - EBA, Lácteos de Bolivia - LACTEOSBOL y la Empresa Pública Productiva Apícola - PROMIEL, para constituir la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados denominada "EBA" de tipología Estatal.
  • Que el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 29230, de 15 de agosto de 2007, modificado por el Decreto Supremo Nº 29710, de 17 de septiembre de 2008, dispone que la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA tiene por objeto apoyar a los sectores de la cadena productiva de alimentos; a la producción agropecuaria y agroindustrial; contribuir a la estabilización del mercado interno de productos agropecuarios y agroindustriales, y a la comercialización de la producción del agricultor en el mercado interno y externo.
  • Que con la finalidad de aprovechar el potencial productivo frutícola para el procesamiento de frutas y además incrementar la capacidad de almacenamiento y transformación de granos, es necesario autorizar el financiamiento mediante aporte de capital con recursos del Tesoro General de la Nación - TGN a los proyectos Implementación Planta de Procesamiento de Frutas Bartolina Sisa Sapahaqui y Construcción, Equipamiento, e Instalación del Centro de Almacenamiento y Transformación de Granos.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) Con la finalidad de desarrollar el potencial productivo frutícola para el procesamiento de frutas e incrementar la capacidad de almacenamiento y transformación de granos para la seguridad alimentaria con soberanía, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas realizar un aporte de capital a la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados - EBA y a la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA.

Artículo 2°.- (Autorización de aportes de capital)

  1. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a realizar un Aporte de Capital, con recursos provenientes del Tesoro General de la Nación - TGN a favor de EBA y de EMAPA, ambas bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, por un monto de Bs172.494.880.- (CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO mil novecientos OCHENTA 00/100 BOLIVIANOS), conforme al siguiente detalle:
    1. A favor de EBA de Bs50.000.000.- (CINCUENTA MILLONES 00/100 BOLIVIANOS), destinado al proyecto Implementación Planta de Procesamiento de Frutas Bartolina Sisa Sapahaqui;
    2. A favor de EMAPA de Bs122.494.880.- (CIENTO VEINTIDÓS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO mil novecientos OCHENTA 00/100 BOLIVIANOS), destinado al proyecto Construcción, Equipamiento, e Instalación del Centro de Almacenamiento y Transformación de Granos de EMAPA en el Municipio de Yacuiba del Departamento de Tarija.
  2. Para el cumplimiento del Parágrafo precedente, se autoriza realizar las modificaciones presupuestarias del Programa "Implementación Programa de Inversión Pública Multisectorial para el Desarrollo Productivo a Nivel Nacional", asignado al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.
  3. El desembolso de los montos señalados en el Parágrafo I del presente Artículo, estarán sujetos a la disponibilidad del TGN.

    Disposiciones finales

Disposición Final Única.- Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, se autoriza a las entidades involucradas a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas; y de Desarrollo Productivo y Economía Plural, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de julio del año dos mil veintidós.
FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Rogelio Mayta Mayta, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Franklin Molina Ortiz, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Ramiro Félix Villavicencio Niño De Guzmán, Iván Manolo Lima Magne, Verónica Patricia Navia Tejada, Jeyson Marcos Auza Pinto, Juan Santos Cruz, Edgar Pary Chambi, Remmy Rubén Gonzales Atila, Sabina Orellana Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 4756, 13 de julio de 2022
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioRealizar un aporte de capital a la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados – EBA y a la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA.
KeywordsGaceta 1526NEC, Decreto Supremo, julio/2022
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168827
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1526NEC, 202207b.lexml
CreadorFDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Rogelio Mayta Mayta, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Franklin Molina Ortiz, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Ramiro Félix Villavicencio Niño De Guzmán, Iván Manolo Lima Magne, Verónica Patricia Navia Tejada, Jeyson Marcos Auza Pinto, Juan Santos Cruz, Edgar Pary Chambi, Remmy Rubén Gonzales Atila, Sabina Orellana Cruz.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-29230] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29230, 15 de agosto de 2007
Crea la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA, como Empresa Pública, con Personería Jurídica y patrimonio propio, que funcionará bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, cuya organización y funcionamiento estará sujeto en el marco de Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales, Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo y sus disposiciones reglamentarias.
[BO-DS-29710] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29710, 17 de septiembre de 2008
Modifica los Artículos 1, 2, 3 y 7 del Decreto Supremo Nº 29230 de 15 de agosto de 2007. (Creación de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA).
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-N3592] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3592, 13 de junio de 2018
13 DE JUNIO DE 2018.- Autoriza la fusión de las Empresas Públicas Productivas: Empresa Boliviana de Almendra y Derivados – EBA, Lácteos de Bolivia – LACTEOSBOL y la Empresa Pública Productiva Apícola – PROMIEL, para constituir la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados denominada “EBA” de tipología Estatal.
[BO-DS-N4756] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4756, 13 de julio de 2022
Realizar un aporte de capital a la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados – EBA y a la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA.

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