CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se aprueba el Reglamento Técnico a la Ley Nº 165, de 16 de agosto de 2011, General de Transporte, en la modalidad de transporte acuático, para la prestación de los servicios generales técnicos, sociales y organizacionales que en Anexo forma parte integrante e indivisible del presente Decreto Supremo.
Artículo adicional 1°.- Las disposiciones específicas que regulan la actividad de transporte acuático, naviero mercante y seguridad de la navegación y puertos, muelles y atracaderos, serán aplicables en todo lo que no sea contrario a la Ley Nº 165 y el presente Decreto Supremo.
Artículo adicional 2°.- Todos los recursos percibidos por la Autoridad Competente Técnica, deben ser transferidos a la Cuenta Única del Tesoro - CUT, para lo cual se autoriza la apertura de cuentas corrientes fiscales recaudadoras en la Entidad Bancaria Pública, conforme lo establecido en el Decreto Supremo Nº 1841, de 18 de diciembre de 2013.
Artículo transitorio Único.- A partir de la publicación del presente Decreto Supremo, en un plazo de un (1) año, los operadores del transporte acuático, puertos, muelles y atracaderos que cuenten con su respectiva autorización para prestar servicios en la actividad naviero-mercante, deberán adecuar su registro y habilitación al nuevo marco normativo.
Artículo final 1°.- En el plazo máximo de seis (6) meses a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, la Autoridad Competente Técnica elaborará las reglamentaciones específicas para la adecuada aplicación de esta norma.
Artículo final 2°.- En el plazo máximo de seis (6) meses a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH, elaborará los requisitos técnicos, legales y económicos para la autorización de la construcción y operación de las instalaciones de abastecimiento, misma que será aprobado mediante Resolución Administrativa.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3073, 1 de febrero de 2017 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 01 DE FEBRERO DE 2017.- Aprueba el Reglamento Técnico a la Ley Nº 165, de 16 de agosto de 2011, General de Transporte, en la modalidad de transporte acuático, para la prestación de los servicios generales técnicos, sociales y organizacionales. | ||||
Keywords | Gaceta 932NEC, Decreto Supremo, febrero/2017 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/154400 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 932NEC, 201702a.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, René Martínez Callahuanca, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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