Bolivia: Decreto Supremo Nº 2173, 6 de noviembre de 2014

Decreto Supremo Nº 2173
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, determina que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
  • Que el Artículo 220 de la Ley Nº 025, de 24 de junio de 2010, del Órgano Judicial, establece que la Escuela de Jueces del Estado es una entidad descentralizada del Órgano Judicial, que tiene por objeto la formación y capacitación técnica de las y los servidores judiciales con la finalidad de prestar un eficaz y eficiente servicio en la administración de justicia.
  • Que el Artículo 14 de la Ley Nº 317, de 11 de diciembre de 2012, vigente por disposición del inciso j) de la Disposición Final Segunda de la Ley Nº 455, de 11 de diciembre de 2013, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2014, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, en el marco de sus competencias, inscribir y/o incrementar el gasto en las partidas 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables”, y Subgrupo 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión”, cuyo financiamiento provenga de recursos de donación externa, crédito externo y/o contraparte nacional, según lo establecido en los convenios respectivos, los cuales no ameritarán la emisión de Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento y los casos que no correspondan a contraparte nacional, deberá aprobarse mediante Decreto Supremo específico, que autorice el incremento de estas partidas de gasto.
  • Que los incisos a) y e) del Artículo 80 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, señalan que la Ministra(o) de Justicia tiene dentro de sus atribuciones coordinar las relaciones del Órgano Ejecutivo con el Órgano Judicial, entre otros, para lograr el acceso a la justicia y la protección de los derechos fundamentales; promover el acceso a la justicia, formulando políticas, normas y programas de lucha contra la impunidad y la retardación de justicia.
  • Que con la finalidad de capacitar e implementar el Nuevo Código Procesal Civil promulgado mediante Ley Nº 439, de 19 de noviembre de 2013 y los procesos de Formación y Capacitación a ser desarrollados, es necesario emitir el presente Decreto Supremo que permita a la Escuela de Jueces del Estado el incremento de la partida para la contratación de consultorías por producto.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza a la Escuela de Jueces del Estado incrementar la subpartida 25210 “Consultorías por Producto” en Bs127.000.- (CIENTO VEINTISIETE mil 00/100 BOLIVIANOS), a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional afectando la partida 49900 “Otros Activos Fijos” con Fuentede Financiamiento 42 “Transferencias de Recursos Específicos” y Organismo Financiador 230 “Otros Recursos Específicos” en el mismo monto, destinados a la capacitación e implementación del nuevo Código Procesal Civil y los procesos de Formación y Capacitación a ser desarrollados por la Escuela de Jueces del Estado.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas, y de Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil catorce.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Jorge Perez Valenzuela, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Felix Cesar Navarro Miranda, Elizabeth Sandra Gutierrez Salazar, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola MINISTRA DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS E INTERINA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres, Tito Rolando Montaño Rivera.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 2173, 6 de noviembre de 2014
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario05 DE NOVIEMBRE DE 2014.- Autoriza a la Escuela de Jueces del Estado incrementar la subpartida 25210 “Consultorías por Producto” en Bs127.000, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional afectando la partida 49900 “Otros Activos Fijos” con Fuente de Financiamiento 42 “Transferencias de Recursos Específicos” y Organismo Financiador 230 “Otros Recursos Específicos” en el mismo monto, destinados a la capacitación e implementación del nuevo Código Procesal Civil y los procesos de Formación y Capacitación a ser desarrollados por la Escuela de Jueces del Estado.
KeywordsGaceta 695NEC, Decreto Supremo, noviembre/2014
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/152820
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 695NEC, 201412a.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Jorge Perez Valenzuela, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Felix Cesar Navarro Miranda, Elizabeth Sandra Gutierrez Salazar, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola MINISTRA DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS E INTERINA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres, Tito Rolando Montaño Rivera.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-DS-29894] Bolivia: Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, DS Nº 29894, 7 de febrero de 2009
Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional
[BO-L-N25] Bolivia: Ley del Órgano Judicial, 24 de junio de 2010
Ley del Órgano Judicial
[BO-L-N317] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2013, 12 de diciembre de 2012
Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2013
[BO-L-N439] Bolivia: Código Procesal Civil, 19 de noviembre de 2013
Código Procesal Civil
[BO-L-N455] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado - Gestión 2014, 11 de diciembre de 2013
Ley del Presupuesto General del Estado - Gestión 2014.
[BO-DS-N2173] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2173, 6 de noviembre de 2014
05 DE NOVIEMBRE DE 2014.- Autoriza a la Escuela de Jueces del Estado incrementar la subpartida 25210 “Consultorías por Producto” en Bs127.000, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional afectando la partida 49900 “Otros Activos Fijos” con Fuente de Financiamiento 42 “Transferencias de Recursos Específicos” y Organismo Financiador 230 “Otros Recursos Específicos” en el mismo monto, destinados a la capacitación e implementación del nuevo Código Procesal Civil y los procesos de Formación y Capacitación a ser desarrollados por la Escuela de Jueces del Estado.

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