Bolivia: Decreto Supremo Nº 2039, 25 de junio de 2014

Decreto Supremo Nº 2039
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 24 de la Ley Nº 211, de 23 de diciembre de 2011, vigente por disposición del inciso g) de la Disposición Final Segunda de la Ley Nº 455, de 11 de diciembre de 2013, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2014, determina que los ex Entes Gestores de la Seguridad Social que administraban los seguros de Invalidez, Vejez, Jubilación, Muerte y Riesgos Profesionales a largo plazo del antiguo Sistema de Reparto, que actualmente se encuentran bajo administración del Estado Plurinacional, mantendrán su personalidad jurídica sólo a efectos de su cierre y liquidación, misma que estará a cargo del Liquidador designado por la Máxima Autoridad Ejecutiva del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
  • Que el numeral 9 del Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 28565, de 22 de diciembre de 2005, establece como una competencia básica del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado - SENAPE, concluir los procesos de liquidación de los ex entes gestores de la seguridad social, a través del o de los liquidadores nombrados por el Ministro de Hacienda, actual Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
  • Que el Gobierno Autónomo Municipal de Sipe Sipe, requiere contar con infraestructura adecuada para el cumplimiento de sus objetivos, para lo cual es necesario que adquiera a título oneroso el inmueble ubicado en la zona Valle Hermoso, Cantón Sipe Sipe, Provincia Quillacollo, del Departamento de Cochabamba.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Liquidador de los ex Entes Gestores de la Seguridad Social, transferir a título oneroso el bien inmueble ubicado en la Zona Valle Hermoso, Cantón Sipe Sipe, Provincia Quillacollo, del Departamento de Cochabamba, con una superficie de 8.470 m2, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Nº 3.09.2.01.0006885, de propiedad del Fondo Complementario de Seguridad Social de Aeronáutica Nacional y R. A. en liquidación, a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Sipe Sipe.
  2. Por la transferencia del inmueble citado en el Parágrafo precedente, el monto de Bs1.050.818,99 (UN MILLÓN CINCUENTA mil novecientos DIECIOCHO 99/100 BOLIVIANOS), será depositado en la cuenta del Tesoro General de la Nación - TGN.
  3. El Liquidador de los ex Entes Gestores de la Seguridad Social, estará a cargo de la suscripción de la minuta de transferencia por cuenta del Ministro de Economía y Finanzas Públicas, una vez que se haya cancelado el monto establecido en el Parágrafo precedente.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas Públicas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil catorce.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Felix Cesar Navarro Miranda, Elizabeth Sandra Gutierrez Salazar, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo MINISTRO DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINO DE EDUCACIÓN, Amanda Dávila Torres, Tito Rolando Montaño Rivera.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 2039, 25 de junio de 2014
Fecha2024-04-06FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Liquidador de los ex Entes Gestores de la Seguridad Social, transferir a título oneroso el bien inmueble ubicado en la Zona Valle Hermoso, Cantón Sipe Sipe, Provincia Quillacollo, del Departamento de Cochabamba, con una superficie de 8.470 m2, de propiedad del Fondo Complementario de Seguridad Social de Aeronáutica Nacional y R.A. en liquidación, a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Sipe Sipe.
KeywordsGaceta 659NEC, Decreto Supremo, junio/2014
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/152447
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 659NEC, 201409b.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Felix Cesar Navarro Miranda, Elizabeth Sandra Gutierrez Salazar, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo MINISTRO DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINO DE EDUCACIÓN, Amanda Dávila Torres, Tito Rolando Montaño Rivera.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-28565] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28565, 22 de diciembre de 2005
Establecer los principios de organización y funcionamiento del SENAPE.
[BO-L-N211] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2012, 23 de diciembre de 2011
LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO – GESTIÓN 2012.
[BO-L-N455] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado - Gestión 2014, 11 de diciembre de 2013
Ley del Presupuesto General del Estado - Gestión 2014.
[BO-DS-N2039] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2039, 25 de junio de 2014
Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Liquidador de los ex Entes Gestores de la Seguridad Social, transferir a título oneroso el bien inmueble ubicado en la Zona Valle Hermoso, Cantón Sipe Sipe, Provincia Quillacollo, del Departamento de Cochabamba, con una superficie de 8.470 m2, de propiedad del Fondo Complementario de Seguridad Social de Aeronáutica Nacional y R.A. en liquidación, a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Sipe Sipe.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerlas e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.