Bolivia: Decreto Supremo Nº 1184, 4 de abril de 2012

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 232 de la Constitución Política del Estado, establece que la Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados.
  • Que el inciso c) del Artículo 1 de la Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales, dispone que todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos rindiendo cuenta no sólo de los objetivos a que se destinaron los recursos públicos que el fueron confiados, sino también de la forma y resultado de su aplicación.
  • Que el Parágrafo IV del Artículo 26 de la Ley Nº 211, de 23 de diciembre de 2011, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2012, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, debitar cuatrimestralmente de las cuentas fiscales de las entidades públicas, los recursos no comprometidos, ni devengados con fuente y organismo (10-111) y (41-111) Tesoro General de la Nación. Estos recursos serán reasignados presupuestaria y financieramente al Programa “Bolivia Cambia”.
  • Que el Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 0913, de 15 de junio del 2011, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, asignar y transferir presupuestaria y financieramente recursos a las entidades públicas beneficiarias, a solicitud de la UPRE.
  • Que para el cumplimiento de la misión institucional asignada a la UPRE, se requiere autorizar la ejecución directa de programas, proyectos y otras actividades para posterior entrega en especie a los beneficiarios finales.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se incorpora el Parágrafo III en el Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 0913, de 15 de junio del 2011, con el siguiente texto:

“III. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, asignar y transferir presupuestaria y financieramente los recursos necesarios para programas, proyectos y otras actividades de ejecución directa de la Unidad de Proyectos Especiales - UPRE, previa solicitud y Resolución Administrativa correspondiente.”


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de la Presidencia, y de Economía y Finanzas Públicas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil doce.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Felipe Quispe Quenta, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 1184, 4 de abril de 2012
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioIncorpora el Parágrafo III en el Artículo 4 del Decreto Supremo N° 0913, de 15 de junio del 2011.
KeywordsGaceta 359NEC, 2012-04-04, Decreto Supremo, abril/2012
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/139812
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 359NEC - Publicado el: 2012-04-04, 201204b.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Felipe Quispe Quenta, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-N913] Bolivia: Decreto Supremo Nº 913, 15 de junio de 2011
Establece la asignación de recursos al Programa “Bolivia Cambia” y sus mecanismos de ejecución.
[BO-L-N211] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2012, 23 de diciembre de 2011
LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO – GESTIÓN 2012.

Referencias a esta norma

[BO-DS-N1287] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1287, 4 de julio de 2012
Modifica el Parágrafo III del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 0913, de 15 de junio de 2011, incorporado por el Artículo Único del Decreto Supremo N° 1184, de 4 de abril de 2012, Asimismo, incorpora el Parágrafo IV en el Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 0913, de 15 de junio del 2011.

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