Bolivia: Reglamento de Pago de Patentes (Contratos Petroleros), DS Nº 28457, 24 de noviembre de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que en fecha 17 de mayo de 2005 fue promulgada la Ley Nº 3058 - Ley de Hidrocarburos, siendo publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia en fecha 19 de mayo del mismo año.
  • Que el Título IV, Capítulo I de la Ley de Hidrocarburos dispone el Régimen de pago de Patentes.
  • Que es necesario establecer los mecanismos de cálculo de patentes, así como, todos los criterios técnicos que permitan operativizar adecuadamente la Ley de Hidrocarburos respecto de su Régimen de Patentes.
  • Que en ese contexto, corresponde aprobar el presente reglamento de la Ley Nº 3058.
  • Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE en fecha 26 de octubre de 2005.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueba el Reglamento de Pago de Patentes, en sus seis (6) Capítulos y veinte (20) artículos, cuyo texto forma parte del presente Decreto Supremo Reglamentario.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hidrocarburos queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los vienticuatro días del mes de noviembre del año dos mil cinco.
Fdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Hernándo Velasco Tárraga Ministro Interino de Relaciones Exteriores y Culto, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, José Luis Pérez Ministro Interino de Hacienda, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñóz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Reglamento de Pago de Patentes (Contratos Petroleros), DS Nº 28457, 24 de noviembre de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba el Reglamento de Pago de Patentes (Contratos Petroleros).
KeywordsGaceta 2820, 2005-11-29, Decreto Supremo, noviembre/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25962
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Hernándo Velasco Tárraga Ministro Interino de Relaciones Exteriores y Culto, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, José Luis Pérez Ministro Interino de Hacienda, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñóz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-27230] Bolivia: Adecuaciones y complementaciones a la estructura del Poder Ejecutivo, DS Nº 27230, 31 de octubre de 2003
ADECUACIONES Y COMPLEMENTACIONES A LA ESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO.
[BO-L-3058] Bolivia: Ley de Hidrocarburos, 17 de mayo de 2005
Ley de Hidrocarburos

Referencias a esta norma

[BO-DS-29846] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29846, 10 de diciembre de 2008
Efectúa modificaciones al Decreto Supremo Nº 28457 de 24 de noviembre de 2005 que aprueba el Reglamento de Pago de Patentes con el fin de complementar la forma de aplicación del mantenimiento de valor referido en el Artículo 50 de la Ley Nº 3058 de 17 de mayo de 2005, de Hidrocarburos y el procedimiento para el cálculo y pago de patentes para áreas reservadas.
[BO-DS-N2567] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2567, 28 de octubre de 2015
28 DE OCTUBRE DE 2015.- Modifica y complementa el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 29046, de 28 de febrero de 2007.

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