Bolivia: Reglamento de Unidades de Trabajo para la Exploración de Hidrocarburos, DS Nº 28393, 6 de octubre de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que en fecha 17 de mayo de 2005 fue promulgada la Ley Nº 3058 - Ley de Hidrocarburos, norma que fue publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia en fecha 19 de mayo de 2005.
  • Que los Artículos 36 y 37 de la Ley de Hidrocarburos señalan la necesidad de contar con un mínimo de Unidades de Trabajo para cada una de las Fases de exploración.
  • Que es necesario establecer los mecanismos para la aplicación del Sistema de Unidades de Trabajo para el debido cumplimiento de las actividades de exploración.
  • Que por tanto, corresponde aprobar el presente reglamento ejecutivo de la Ley Nº 3058.
  • Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE en fecha 5 de octubre de 2005.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueba el Reglamento de Unidades de Trabajo para la Exploración, en sus Diez (10) Capítulos y Diecinueve (19) Artículos, cuyo texto como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hidrocarburos queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de octubre del año dos mil cinco.
Fdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Mario Candia Moya Ministro Interino de Hidrocarburos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Reglamento de Unidades de Trabajo para la Exploración de Hidrocarburos, DS Nº 28393, 6 de octubre de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba el Reglamento de Unidades de Trabajo para la Exploración de Hidrocarburos.
KeywordsGaceta 2801, 2005-10-12, Decreto Supremo, octubre/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25898
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Mario Candia Moya Ministro Interino de Hidrocarburos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-27230] Bolivia: Adecuaciones y complementaciones a la estructura del Poder Ejecutivo, DS Nº 27230, 31 de octubre de 2003
ADECUACIONES Y COMPLEMENTACIONES A LA ESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO.
[BO-L-3058] Bolivia: Ley de Hidrocarburos, 17 de mayo de 2005
Ley de Hidrocarburos

Referencias a esta norma

[BO-DS-N3601] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3601, 20 de junio de 2018
20 DE JUNIO DE 2018.- Realiza incorporaciones y modificaciones al Reglamento de Unidades de Trabajo para la Exploración, aprobado por Decreto Supremo Nº 28393, de 6 de octubre de 2005.
[BO-DS-N3600] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3600, 20 de junio de 2018
20 DE JUNIO DE 2018.- Autoriza a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, el incremento de la subpartida de Consultorías por Producto, para el cumplimiento de tareas especializadas.
[BO-RM-56-2018] Bolivia: Resolución Ministerial Nº 56-2018, 25 de julio de 2018
25 DE JULIO DE 2018.- Ajustar la valorización de las Unidades de Trabajo para la Exploración – UTE que asciende a $us.6.455,10.- (SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO 10/100 Dólares de los Estados Unidos de América) por UTE; en el marco de la Ley N° 3058 de 17 de mayo de 2005 y conforme a lo dispuesto en el Artículo 5 del Reglamento de Unidades de Trabajo aprobado por el Decreto Supremo N° 28393 de 6 de octubre de 2005.
[BO-RM-47-2019] Bolivia: Resolución Ministerial Nº 47-2019, 29 de abril de 2019
29 DE ABRIL DE 2019.- Ajustar la valorización de las Unidades de Trabajo para la Exploración (UTE) que asciende a $us6.631,50 (Seis Mil Seiscientos Treinta y Uno 50/100 Dólares de los Estados Unidos de América) por UTE; conforme lo dispuesto en el Artículo 5 del Reglamento de Unidades de Trabajo para la Exploración aprobado por Decreto Supremo N° 28393 de 6 de octubre de 2005.
[BO-DS-N4825] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4825, 16 de noviembre de 2022
Con la finalidad de aplicar las nuevas tecnologías emergentes en las actividades de exploración de hidrocarburos, el presente Decreto Supremo tiene por objeto realizar modificaciones al Reglamento de Unidades de Trabajo para la Exploración, aprobado por Decreto Supremo N° 28393, de 6 de octubre de 2005, modificado por el Decreto Supremo N° 3601, de 20 de junio de 2018.

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