Bolivia: Decreto Supremo Nº 27994, 28 de enero de 2005

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, establece que los servidores públicos tienen derecho a percibir gastos de representación.
  • Que el mencionado Artículo fue modificado parcialmente por el Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 27375 de 17 de febrero de 2004, el mismo que considera el nivel de representación que se ejerce y el grado de responsabilidad que se asume.
  • Que la Primera Dama de la Nación por el cargo honorífico que asume, tiene la responsabilidad de representar al País en una serie de eventos de nivel nacional e internacional.
  • Que los mencionados eventos por su carácter protocolar y de logística, involucran diversos tipos de gasto que deben ser cubiertos por el Estado, ya que los mismos, se originan por asumir la Representación Oficial del País.
  • Que en este sentido, es necesario complementar lo establecido en los Decretos Supremos Nº 27327 y Nº 27375, otorgando a la Primera Dama de la Nación el derecho a percibir recursos que el permitan llevar adelante su responsabilidad.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se complementa lo establecido en el Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, modificado por el Decreto Supremo Nº 27375 de 17 de febrero de 2004, con el siguiente texto:

“Por la responsabilidad que conlleva el cargo honorífico, la Primera Dama de la Nación tendrá derecho a pasajes, gastos de representación y otros gastos que resulten de los viajes que realice en Representación Oficial del País y dentro del marco protocolar que se establece para dichos eventos, debiendo autorizarse los mismos, mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Presidencia.”


El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Presidencia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil cinco.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Jorge Gumucio Granier Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe Lopez , Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Luis Marcelo Rengel Retamozo Ministro Interino Sin Cartera Responsable de Participación Popular, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27994, 28 de enero de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe complementa lo establecido en el Artículo 7 del Decreto Supremo N° 27327 de 31 /01/ 2004, modificado por el Decreto Supremo N° 27375 de 17 /02/ 2004 (Primera Dama de la Nación).
KeywordsGaceta 2716, 2005-01-28, Decreto Supremo, enero/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25548
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Jorge Gumucio Granier Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe Lopez , Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Luis Marcelo Rengel Retamozo Ministro Interino Sin Cartera Responsable de Participación Popular, Ricardo Calla Ortega.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.
[BO-DS-27375] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27375, 17 de febrero de 2004
Procedimientos para la aplicación de la Ley N° 2627 - Ley del Presupuesto General de la Nación Gestión 2004.

Referencias a esta norma

[BO-DS-28289] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28289, 11 de agosto de 2005
Se complementa lo establecido en el Artículo Unico del Decreto Supremo Nº 27994, (Primera Dama de la Nación).

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