Bolivia: Decreto Supremo Nº 26809, 10 de octubre de 2002

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante la Ley Nº 1788 de 16 de septiembre de 1997, de Organización del Poder Ejecutivo, se establecen las normas que rigen la organización y funcionamiento del Poder Ejecutivo, determinando su estructura y competencias.
  • Que el Decreto Presidencial Nº 26753 de 6 de agosto de 2002, en virtud de lo establecido en el parágrafo III del Artículo 4 de la Ley Nº 1788, estableció el cargo de Ministro Sin Cartera Responsable de Hidrocarburos, determinando, asimismo, sus competencias específicas.
  • Que el Decreto Supremo Nº 26772 de 15 de agosto de 2002, reglamentó a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establecía que el Ministerio de Desarrollo Económico ejercía tuición sobre la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE.
  • Que el Decreto Presidencial Nº 26795, de 23 de septiembre de 2002, modificó el Decreto Presidencial Nº 26753, cambiando la denominación y competencias del Ministerio Sin Cartera Responsable de Hidrocarburos, el cual pasó a denominarse Ministerio Sin Cartera Responsable de Hidrocarburos y Energía.
  • Que el Decreto Supremo Nº 26797 de 25 de septiembre de 2002 reglamentó la organización y funcionamiento del Ministerio Sin Cartera Responsable de Hidrocarburos y Energía, estableciendo que la tuición de la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE es ejercida por este Ministerio, dejando sin efecto la tuición establecida hacia el Ministerio de Desarrollo Económico.
  • Que el Decreto Supremo Nº 24925, de 30 de diciembre de 1997, disponía que las acciones de ENDE sean transferidas al Ministerio de Desarrollo Económico y que, en virtud de lo expuesto, es necesario emitir un Decreto Supremo que regularice la tenencia de las mismas, en concordancia con las disposiciones legales en vigencia.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se dispone que las acciones de la Empresa Nacional de Electricidad S. A.- ENDE, que actualmente se encuentran en poder del Ministerio de Desarrollo Económico, en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 24924 de 30 de diciembre de 1997, sean transferidas al Ministerio Sin Cartera Responsable de Hidrocarburos y Energía, sin costo ni cargo alguno.


Los Ministros de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico y Sin Cartera Responsable de Hidrocarburos y Energía quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de octubre del año dos mil dos.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, Manuel Suárez Avila Ministro Interino de la Presidencia, Alberto Gasser Vargas, Freddy Teodovich Ortiz, Gina Luz Méndez Hurtado, José Guillermo Justiniano Sandoval, Javier Comboni Salinas, Oscar Farfán Mealla, Arturo Liebers Baldivieso, Juan Carlos Virreira Méndez, Carlos Morales Landivar, Isaac Maidana Quisbert, Javier Torres Goitia Caballero, Jaime Navarro Tardio, Fernando Illanes de la Riva, Hernán Paredes Muñoz, Javier Suárez Ramirez, Silvia Amparo Velarde Olmos.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26809, 10 de octubre de 2002
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe dispone que las acciones de ENDE S.A., que actualmente se encuentran en poder del Ministerio de Desarrollo Económico, sean transferidas al Ministerio Sin Cartera Responsable de Hidrocarburos y Energía.
KeywordsGaceta 2435, 2002-10-14, Decreto Supremo, octubre/2002
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24364
Referencias2002.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, Manuel Suárez Avila Ministro Interino de la Presidencia, Alberto Gasser Vargas, Freddy Teodovich Ortiz, Gina Luz Méndez Hurtado, José Guillermo Justiniano Sandoval, Javier Comboni Salinas, Oscar Farfán Mealla, Arturo Liebers Baldivieso, Juan Carlos Virreira Méndez, Carlos Morales Landivar, Isaac Maidana Quisbert, Javier Torres Goitia Caballero, Jaime Navarro Tardio, Fernando Illanes de la Riva, Hernán Paredes Muñoz, Javier Suárez Ramirez, Silvia Amparo Velarde Olmos.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1788] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo, 16 de septiembre de 1997
Ley de Organización del Poder Ejecutivo
[BO-DS-24924] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24924, 30 de diciembre de 1997
Se prorroga, hasta el 31 /03/ 1998, el plazo para concesiones y licencias por la Superintendencia de Telecomunicaciones.
[BO-DS-24925] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24925, 30 de diciembre de 1997
Se dispone que las acciones de ENDE S.A. en poder del Ministerio de Hacienda sean transferidas al Ministerio de Desarrollo Económico.
[BO-DP-26753] Bolivia: Decreto Presidencial Nº 26753, 6 de agosto de 2002
Crea Ministros Sin Cartera Responsable de Hidrocarburos Desarrollo Municipal - Servicios Financieros y Asuntos Campesinos e Indígenas, Género y Generacionales.
[BO-DS-26772] Bolivia: Norma Reglamentaria a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, DS Nº 26772, 15 de agosto de 2002
NORMA REGLAMENTARIA A LA LEY DE ORGANIZACION DEL PODER EJECUTIVO.
[BO-DP-26795] Bolivia: Decreto Presidencial Nº 26795, 23 de septiembre de 2002
Se modifica el nombre del Ministro sin Cartera Responsable de Hidrocarburos establecido en el Artículo 1 del Decreto Presidencial Nº 26753 de 6 /08/ 2002.
[BO-DS-26797] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26797, 25 de septiembre de 2002
El presente Decreto Supremo tiene por objeto realizar adecuaciones y complementaciones al Decreto Supremo Nº 26772 de 15 /08/ 2002 Reglamentario a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo - LOPE, en relación a los Ministerios comprendidos en el presente Decreto Supremo.

Referencias a esta norma

[BO-DS-27094] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27094, 18 de junio de 2003
Se dispone que las acciones de la Empresa Nacional de Electricidad S.A. - ENDE, sean transferidas al Ministerio de Servicios y Obras Públicas, sin costo ni cargo alguno, en cumplimiento de las disposiciones vigentes.
[BO-DS-29304] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29304, 10 de octubre de 2007
Dispone la transferencia de las Acciones de la Empresa Nacional de Electricidad S.A. - ENDE, que se encuentran registradas a nombre del ex Ministerio de Servicios y Obras Públicas hoy Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, al Ministerio de Hidrocarburos y Energía, sin costo ni cargo alguno.

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