CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Créase el bono de cumplimiento de la gestión escolar, al que tendrán derecho los maestros y personal administrativo de las unidades educativas que cumplan con dicha obligación.
El bono tendrá un valor de Bs 300.- (TRESCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) para la gestión 2000, y será reajustado anualmente en función a la inflación del año correspondiente. Será cancelado una vez concluído el año escolar, previa certificación de la Junta Escolar de la unidad educativa en la que presta servicios el maestro y el personal administrativo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25923, 6 de octubre de 2000 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Créase el bono de cumplimiento de la gestión escolar. | ||||
Keywords | Gaceta 2251, 2000-10-10, Decreto Supremo, octubre/2000 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23485 | ||||
Referencias | 2000.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Ronald MacLean Abaroa, Juan Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vásquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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