Bolivia: Decreto Supremo Nº 23833, 12 de agosto de 1994

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Considerando:

  • Que Maxus Bolivia Inc. suscribió un contrato de operación petrolera con yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, el 31 de julio de 1,989, para el bloque Mamoré 1 ubicado en las provincias Ñuflo de Chavez, Santiesteban, Sara e Ichilo del departamento de Santa Cruz y Carrasco del departamento de Cochabamba, previa aprobación por Decreto Supremo Nº 22261 de 19 de julio de 1,989 y convertido en escritura pública número 6 de 4 de agosto de 1,989; contrato vigente por determinación del artículo 93 de la Ley Nº 1194 de Hidrocarburos de 1 de noviembre de 1,990;
  • Que la empresa contratista ha descubierto reservas de petróleo en el campo Surubi, dentro su área de contrato en el departamento de Cochabamba, cuyo desarrollo precisa intensificar; siendo necesaria pertinentemente la suscripción del correspondiente contrato de transporte y compraventa de petróleo y gas natura 1 con YPFB, estipulando los términos y condiciones de transporte de los productos, su comercialización y abastecimiento para el consumo interno;
  • Que el directorio de YPFB ha aprobado, mediante resolución 22/94 en su reunión 4/94 de 1 de febrero de 1,994, la firma del pertinente contrato de compraventa de petróleo y gas natural con Maxus Bolivia Inc.;
  • Que la Junta Directiva Estatal de YPFB también aprobó el proyecto de contrato, mediante resolución 008/94 de 19 de abril 1 de Ley Nº 994, ejerciendo las atribuciones que los decretos supremos Nº 22102 de 29 de diciembre de 1,988 y Nº 23694 de 30 de diciembre de 1,993 le confieren;
  • Que corresponde aprobar por decreto supremo la suscripción del referido contrato de transporte y compraventa de petróleo y gas natural, para su viabi1idad legal, de conformidad con el artículo 21 y demás pertinentes de la Ley Nº 1194 de Hidrocarburos de 1 de noviembre de 1,990.

EN CONSEJO DE MINISTROS

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos suscriba con la empresa MAXUS BOLIVIA INC. el respectivo contrato de transporte y compraventa de petróleo y gas natural acordado para el desarrollo del campo Surubi, situado en el departamento de Cochabamba,según resolución 22/94 de 1 de febrero de 1,994 del directorio de YPFB y en cumplimiento del contrato de operación suscrito por ambos el 31 de julio de 1.989 así como la Ley Nº 1194 de Hidrocarburos de 1 de noviembre de 1,990.

Artículo 2°.- Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos suscribirá el contrato referido en el artículo anterior con intervención del Fiscal de Materia Administrativa y mediante escritura pública ante el Notario de Minas y Petróleo.


El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda y Desarrollo Económico queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los doce días del mes de agosto de mil novecientos noventa y cuatro años. fdo. Gonzalo Sánchez de lozada, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain, Rene Osvaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machícao Argiró, Alfonso Revollo Thenier.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23833, 12 de agosto de 1994
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébase que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos suscriba con la empresa MAXUS BOLIVIA INC. el respectivo contrato de transporte y compr venta de petróleo y gas natural acordado para el desarrollo del campo Surubí, situado en el Departamento de Cochabamba.
KeywordsDecreto Supremo, agosto/1994
Origenhttp://www.lexivox.org/norms/BO-DS-23833.html
Referencias15257-29635.lexml
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-994] Bolivia: Ley Nº 994, 4 de abril de 1988
declárese de urgente prioridad nacional, utilidad y necesidad públicas la construcción de una moderna terminal terrestre de transporte público en la ciudad de Montero, capital de la Provincia Obispo Santiesteban del Departamento de Santa Cruz
[BO-DS-22102] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22102, 29 de diciembre de 1988
SE CREA LA JUNTA DIRECTIVA ESTATAL.
[BO-DS-22261] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22261, 19 de julio de 1989
Se aprueba en sus 22 clausulas y 3 anexos la minuta de contrato de operación acordada entre Y.P.F.B. y MAXUS Bolivia Inc.
[BO-L-1194] Bolivia: Ley de Hidrocarburos, 1 de noviembre de 1990
Ley de hidrocarburos
[BO-DS-23694] Bolivia: Decreto Supremo Nº 23694, 30 de diciembre de 1993
Conformación de la Junta DIrectiva Estatal de Y.P.F.B.

Referencias a esta norma

[BO-DS-24191] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24191, 18 de diciembre de 1995
Se homologa la resolución 2/95 de 4 /01/ 1,995 del directorio de Y.P.F.B. que aprueba la subrogación en favor de la empresa BHP Boliviana de Petróleo Inc.

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