[BO-L-19120903-2] Bolivia: Ley de 3 de septiembre de 1912
Cambio.-- - Fijase en 18 peniques por boliviano, el tipo mínimum de equivalencia para el cobro de fletes y pasajes en los ferrocarriles.
LexiVox 2010 - La Paz, Bolivia
Sitio impulsado por DeveNet.Net - software para Internet