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Nro. de norma
Que incluyan el texto
País-- Estado Plurinacional de Bolivia International
Estado-- Normas vigentes Normas abrogadas
Incluir jurisprudencia Si No
ID lexivox
FechaDesde Hasta
Ley julio/1948
Obras Publicas.-- Paro su construcción en la Provincia Capinota del Departamento de Cochabamba, destínase Bs. 793.650, 70 de los fondos creados por la Ley de 20 de mayo de 1947.
Obras Publicas.-- para su construcción en la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí, destínase Bs. 854.700.08 de los fondos provenientes de la Ley de 20 de mayo de 1947.
Obras Publicas.-- para su construcción en la Provincia Sud Lipez del Departamento de Potosí, destínase Bs. 854.700.80 de los fondos creados por la Ley de 20 de mayo de 1947.
Emprestito. --- Interprétase el Artículo 3° de la Ley de 20 de mayo de 1947, en sentido de que el Poder Ejecutivo flotará globalmente el de 200.000, 000.--
Obras Publicas.-- para su construcción en la Provincia Carangas del Departamento de Oruro, destínase una parte de los fondos fijados para ese Departamento por la Ley de 20 de mayo de 1947.
Camino Carretero. -- Fijanse recursos para su construcción entre San Buenaventura y Apolo, capitales de las Provincias Iturralde y Caupolicán, respectivamente, del Departamento de La Paz.
Obras Publicas.-- - para su construcción en las Provincias Iténez y Mamoré del Departamento del Beni, destínase una parte de los fondos creados por la Ley de 20 de mayo de 1947.
Obras Publicas. -- para su construcción en la ciudad de Sucre del Departamento de Chuquisaca, destínase Bs, 11.111.111.-- de los fondos creados por la Ley de 20 de mayo de 1947,
Obras Publicas.-- para su construcción en la Provincia Vaca Diez del Departamento del Beni, destínase Bs. 1.587.301.-- de los fondos creados por la Ley de 20 de mayo de 1947.
Obras Publicas.-- para su construcción en la Provincia Bustillo del Departamento de Potosí, destínase Bs. 854.700.08 de los fondos provenientes de la Ley de 20 de mayo de 1947.
Obras Publicas.-- para su construcción en la Provincia Tarata del Departamento de Cochabamba, destínase Bs. 793.650.70 de los fondos creados por la Ley de 20 de mayo de 1947.
Obras Publicas.-- para su construcción en la Provincia Yamparáez del Departamento de Chuquisaca, destínase Bs. 1.234.567 de los fondos creados por la Ley de 20 de mayo de 1947.
Obras Publicas.-- para su construcción en la Provincia Alonso de Ibáñez del Departamento de Potosí, destínase la suma de Bs. 854.700.80 de los fondos provenientes de la Ley de 20 de mayo de 1947.
Obras Publicas.-- para su construcción en la Provincia Abaroa del Departamento de Oruro, destínase una parte de la suma fijada para esta Provincia por la Ley de 20 de mayo de 1947.
Obras Publicas.-- para su construcción en la Provincia Ayopaya del Departamento de Cochabamba, destínase Bs. 793.650.70, de los fondos creados por la Ley de 20 de mayo de 1947.
Ley de Tenenbaun sobre la replicabilidad
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