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Nro. de norma
Que incluyan el texto
País-- Estado Plurinacional de Bolivia International
Estado-- Normas vigentes Normas abrogadas
Incluir jurisprudencia Si No
ID lexivox
FechaDesde Hasta
Ley diciembre/1941
Banco Central de Bolivia. -- Autorízase a uniformar los ser-vicios de los empréstitos concedidos.
Liberacion de Impuestos. -- En las importaciones de cemento Romano Portland, Hidráulico, Clinker y análogos de la partida 230 del arancel de importaciones vigente.
Provincia Charcas. -- Las sumas actualmente existentes, se destinan a la instalación de una planta eléctrica y captación de aguas potables en la capital San Pedro de Buena Vista.
Impuestos a la cerveza. -- A partir de la gestión de 1942, se destinarán a la construcción, reparación y conservación de caminos interprovinciales.
Impuesto Sucesorio. -- del que fue Dr. Rafael de Ugarte, se destina a la ampliación de las salas de maternidad del Hospital Viedma de Cochabamba.
Autorizaclon -- A la Junta Municipal de Pucarani, para que contraiga un empréstito hasta la suma de Bs, 250.000.-- para Obras Publicas.
Autorizacion. -- Al Poder Ejecutivo para contratar un empréstito de Bs. 1.000.000.-- con destino a la construcción de edificios escolares en Warnes, Montero y General Saavedra.
Poder Ejecutivo. -- Organizará una Comisión compuesta por delegados de las distintas Cajas de Jubilaciones Fiscales y Particulares para que presente un estudio completo sobre su reorganización.
Banco Minero de Bolivia -- Con utilidades que obtenga organizará una Sección Técnica, destinada a cumplir los siguientes fines
Municipalidad de Trinidad. -- de las sumas que recaude durante la gestión económica de 1942-43 por concepto del impuesto sobre extracción de ganado bovino, entregará el 10 % a la Junta Municipal de Loreto.
Presupuesto Nacional. -- Consígnase en el Capítulo Obligaciones del Estado de la gestión de 1942, la suma de Bs. 1.000.000.-- para cubrir las obligaciones del Comité Nacional de Deportes.
Ley General de Bancos. -- Modifícase hasta el uno por mil, la acuotación que señala la tercera parte del Artículo 25.
Tramites Consulares y Aduaneros. -- para los relativos a la importación de libros, folletos y revistas, solamente surtirán efecto las facturas legalizadas por los consulados,
Emprestito. -- Autorízase al Poder Ejecutivo la contratación hasta la cantidad de Dos Millones de Bolivianos destinados a las siguientes obras,
Impuesto Sucesorio.-- de la que fue Virginia v. de Ibáñez, se destina a la ampliación del campo de deportes de Chulumani.
Leyes de Spencer sobre los datos
Sonreir otro poco...
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