Bolivia: Ley Departamental Nº 45, 14 de marzo de 2012

LEY DEPARTAMENTAL Nº 045/2012
LEY FERIA DEPARTAMENTAL DEL LIBRO

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE TARIJA,

DECRETA:

LEY FERIA DEPARTAMENTAL DEL LIBRO

Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley tiene por objeto instituir la Feria Departamental del Libro, como espacio de fomento a la cultura y la educación a través del incentivo del hábito de la lectura y la producción literaria como herramientas de liberación.

Artículo 2°.- (Asignación y Administración de Recursos Económicos)

  1. El Órgano Ejecutivo Departamental, asignará anualmente los recursos necesarios para la Feria Departamental del Libro.
  2. El Órgano Ejecutivo Departamental, podrá gestionar otras fuentes adicionales de financiamiento para la Feria Departamental del Libro.
  3. Los recursos económicos asignados para la realización de la Feria del Libro, serán administrados por la Dirección de Cultura de la Gobernación del Departamento de Tarija, en coordinación con los distintos sectores involucrados en su realización.

Artículo 3°.- (Coordinación interinstitucional) Se encomienda al Órgano Ejecutivo del Departamento Autónomo de Tarija, trabajar en coordinación con los distintos niveles de gobierno, organizaciones e instituciones, la realización de la Feria Departamental del Libro, conforrnándose una comisión permanente de seguimiento.

Artículo final Único.- El Órgano Ejecutivo Departamental reglamentara la presente ley en coordinación con los sectores beneficiados e involucrados en el plazo de 30 dias, incluyendo en el mismo el calendario, fecha de realización y las ciudades intermedias o sedes en las cuales se realizará esta Feria, que deberá tener un carácter rotativo-itinerante en todo el territorio del departamento.


Remítase al Órgano Ejecutivo Departamental, para su promulgación y publicación.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, a los siete días del mes de marzo de dos mil doce año.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Departamento de Tarija.
Palacio de Gobierno del Departamento de Tarija, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil doce.
FDO. LINO CONDOR! ARAMAYO. Grover Pereyra Castrillo, Walter Morales Grimaido, Petrona Chavarría López

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Departamental Nº 45, 14 de marzo de 2012
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoLD
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLey Feria departamental del libro
KeywordsTarija, Ley Departamental, marzo/2012
Origenhttp://www.tarija.gob.bo/leyes-departamentales/ver-detalles/leyes/ley-045-ley-feria-departamental-del-libro.html
Referencias002-049.lexml
CreadorFDO. LINO CONDOR! ARAMAYO. Grover Pereyra Castrillo, Walter Morales Grimaido, Petrona Chavarría López
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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