Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 13 de diciembre de 2010

PRORROGA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE IMPUESTOS DEL PERIODO FISCAL NOVIEMBRE 2010
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO No 10.0029.10
La Paz, 13 DIC 2010

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  • Que conforme a lo dispuesto por el parágrafo III del Artículo 53 concordante con el numeral 7 del Artículo 66 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria podrá disponer fundadamente prórrogas de oficio para el pago de los Tributos.
  • Que mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0023-10 de 14 de octubre de 2010, el Servicio de Impuestos Nacionales amplía el número de contribuyentes que utilizaran el Portal Tributario Newton para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias a través de Internet.
  • Que mediante Artículo 2 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0027-10 de 7 de diciembre de 2010, el Servicio de Impuestos Nacionales establece que los contribuyentes incluidos en el Anexo de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0023-10, que recogieron su respectiva tarjeta de acceso a la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales y se encuentra activada, deberán cumplir con lo dispuesto en el parágrafo I del Artículo 3 y Artículo 7 de la normativa citada.
  • Que efectuados los análisis técnicos e informáticos de la capacidad de los equipos servidores del Servicio de Impuestos Nacionales, se consideró que el pool de conexiones, el uso excesivo de memoria y procesador (CPU), y congestionamiento en las colas de peticiones y respuesta comprometen la disponibilidad de los servicios del Portal Tributario Newton, hecho que derivaría en una sobresaturación en la conexión, y con el objeto garantizar la disponibilidad y continuidad de los servicios de la Oficina Virtual y precautelando la imagen Institucional, se hace necesario prorrogar el plazo para la presentación de declaraciones juradas, boletas de pago y pago de impuestos para los contribuyentes.
  • Que de conformidad al inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, excepcionalmente y cuando las circunstancias lo justifiquen, el Presidente Ejecutivo del SIN puede ejecutar acciones que son de competencia del Directorio; en este entendido, el inciso a. del numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio No 09-0011-02 autoriza al Presidente Ejecutivo a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio cuando la urgencia del acto así lo imponga, para su posterior homologación.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001 y en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a. del numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio No 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002,

RESUELVE:

Artículo Único.- I. Prorrogar de acuerdo al Cuadro que se detalla a continuación, el plazo para la presentación de Declaraciones Juradas, pago de impuestos y demás obligaciones impositivas del periodo fiscal Noviembre 2010, de los sujetos pasivos o terceros responsables cuyos Números de Identificación Tributaria terminan en los dígitos cero (0), uno (1), dos (2), tres (3), cuatro (4) y cinco (5), seis (6), siete (7), ocho (8) y nueve (9) con vencimientos ocurridos los días 13 al 22 de diciembre de 2010.

DígitosFecha de prorroga
016 de diciembre de 2010
117 de diciembre de 2010
220 de diciembre de 2010
321 de diciembre de 2010
422 de diciembre de 2010
5-623 de diciembre de 2010
7-824 de diciembre de 2010
927 de diciembre de 2010
  1. Prorrogar el plazo de la obligación de presentación de la información del libro de Compras y Ventas IVA a través del Modulo Da Vinci - LCV, IATA, RCIVA, Energía Eléctrica, Clínicas, Bebidas Refrescantes y otra de los agentes de información prevista en normas específicas, para el periodo fiscal Noviembre 2010, de acuerdo a las fechas de vencimiento establecidas en el cuadro del parágrafo precedente.


Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Roberto Ugarte Quispaya
PRESIDENTE EJECUTIVO a.i.
SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Resolución Normativa de Directorio de 13 de diciembre de 2010
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoRND
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioProrroga de Vencimiento para el Pago de Impuestos del Periodo Fiscal Noviembre 2010
KeywordsServicio de Impuestos Nacionales, Resolución Normativa de Directorio, diciembre/2010
Origenhttp://www.impuestos.gob.bo/images/normativa/rnd2010/rnd10-0029-10.pdf
Referencias2010-2012.lexml
CreadorRoberto Ugarte Quispaya
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2492] Bolivia: Código Tributario Boliviano, 2 de agosto de 2003
Código Tributario
[BO_SIN-RND-10-0023-10] Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 14 de octubre de 2010
Ampliación del Número de Contribuyentes Que Utilizan el Portal Tributario para la Presentación y Pago de Declaraciones Juradas y Boletas de Pago
[BO_SIN-RND-10-0027-10] Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 7 de diciembre de 2010
Ampliación del Plazo para la Aplicación de Lo Dispuesto en la Resolución Normativa de Directorio No 10-0023-10

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