En la acción de inconstitucionalidad concreta promovida por Royer Juanes Abasto, demandando la inconstitucionalidad de los arts.18; 19; 39 inc. B.3. numerales 14 y 15; 57.b; 75; 76 y 88 del Reglamento del Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la Universidad Policial (UNIPOL), por ser presuntamente contrarios a los arts.14.I; II y IV; 21.2; 62; 66; 91.I y II; 115.II; 116.I; 117.I; 119.I; 306.III; y, 410.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE).
POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la jurisdicción y competencia que el confieren la Constitución Política del Estado y el art.12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve declarar:
1°.- 1° La IMPROCEDENCIA de la demanda de inconstitucionalidad de los arts.18 inc. b); 39 inc. B.3. numerales 14 y 15; 75; 76 y 88 del Reglamento del Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la UNIPOL;
2°.- 2° La CONSTITUCIONALIDAD de los arts.18 incs. a), c), e) y g); 19 incs. c) y f); y, 57.b del referido Reglamento del Régimen Disciplinario; y, 3º Disponer, la notificación al Director Nacional de Instrucción y Enseñanza, al Rector de la UNIPOL y al Comandante General de la Policía Boliviana.
Norma | Bolivia: Sentencia Constitucional Nº 11-2015, 15 de junio de 2016 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | SCP |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 20 DE FEBRERO DE 2015.- En la acción de inconstitucionalidad concreta promovida por Royer Juanes Abasto, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 18; 19; 39 inc.B.3. numerales 14 y 15; 57.b; 75; 76 y 88 del Reglamento del Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la Universidad Policial (UNIPOL), por ser presuntamente contrarios a los arts. 14.I; II y IV; 21.2; 62; 66; 91.I y II; 115.II; 116.I; 117.I; 119.I; 306.III; y, 410.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE). | ||||
Keywords | Gaceta 865NEC, Sentencia Constitucional, junio/2016 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153737 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 865NEC, 201606a.lexml | ||||
Creador | Fdo. Tata Efren Choque Capuma PRESIDENTE, Dr. Juan Oswaldo Valencia Alvarado, Dr. Macario Lahor Cortez Chávez, Dra. Mirtha Camacho Quiroga. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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