Bolivia: Resolución Ministerial Nº 46-2018, 1 de marzo de 2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 046
La Paz, 26 de enero de 2018

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  • Que el parágrafo I del artículo 20 de la Constitución Política del Estado, señala que toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones.
  • Que el parágrafo II del artículo 20 del Texto Constitucional, establece que es responsabilidad del Estado, en todos los niveles de gobierno, la provisión de los servicios básicos a través de entidades públicas, mixtas, cooperativas o comunitarias.
  • Que la Ley Nº 164 de 8 de agosto de 2011, General de Telecomunicaciones, Tecnologías de la Información y Comunicación, establece como uno de sus objetivos en su artículo 2, inciso b), asegurar el ejercicio del derecho al acceso universal de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información y Comunicación.
  • Que la Ley Nº 164, establece como uno de sus principios, al acceso universal, estableciendo que el Estado en todos sus niveles de gobierno, promoverá el derecho al acceso universal a las Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información y Comunicación para todos los habitantes del Estado Plurinacional de Bolivia.
  • Que la Ley Nº 164, establece en su artículo 75, Parágrafo I, que el nivel central del Estado promueve la incorporación del Gobierno Electrónico a los procedimientos gubernamentales, a la prestación de sus servicios y a la difusión de información, mediante una estrategia enfocada al servicio de la población.
  • Que el Reglamento para el Desarrollo de Tecnologías de Información y Comunicación aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1793 de 13 de noviembre de 2013, establece en su artículo 17, parágrafo I modernizar y transparentar la gestión pública, otorgando servicios y atención de calidad a la ciudadanía, garantizando el derecho a la información, así como contribuir a la eficiencia y eficacia de los actos administrativos en los procesos internos del Gobierno, mediante el uso de las tecnologías de información y comunicación y otras herramientas.
  • Que el Decreto Supremo Nº 3251 de 12 de julio de 2017 en su artículo 1, numeral 1) aprueba el Plan de Implementación de Gobierno Electrónico.
  • Que el Decreto Supremo Nº 3251 de 12 de julio de 2017, establece en su artículo 3 que el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda establecerá las condiciones técnicas y normativas para que en el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, los operadores o proveedores del servicio de acceso a internet no realicen cobro alguno respecto al servicio de transferencia de datos por el acceso a las siguientes páginas web alojadas en Bolivia: 1) Bajo el nombre de dominio en internet “. gob. bo”. 2) Mínimamente cien (100) sitios web educativos, informativos y otros que aporten al desarrollo humano de la ciudadanía.
  • Que el Decreto Supremo Nº 3251 de 12 de julio de 2017, establece en su Disposición Transitoria Tercera, que en un plazo de hasta seis (6) meses, a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, establecerá las condiciones de acceso gratuito a portales señalados en el Artículo 3 del presente Decreto Supremo.
  • Que mediante informe VMTEL / DGTEL Nº 0004/2018 de 11 de enero de 2018 la Dirección General de Telecomunicaciones dependiente del Viceministerio de Telecomunicaciones, concluyó que la aprobación y puesta en marcha de estas Condiciones Normativas y Técnicas brindará un medio de comunicación a la población para fomentar el Gobierno Electrónico.
  • Que el Informe MOPSV/VMTEL/DGT Nº 0010/2018 de 25 de enero de 2018 emitido por la Dirección General de Telecomunicaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones, se pronuncia determinando que el proyecto no contraviene el ordenamiento legal regulatorio y por la procedencia de la emisión de la Resolución Ministerial.
  • Que el numeral 22, del parágrafo I, del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 29894 de 07 de febrero de 2009 de la Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, dispone que los Ministerios de Estado, en el marco de sus competencias tienen la atribución de emitir Resoluciones Ministeriales.

POR TANTO:

Artículo Único.- El Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, en ejercicio de sus atribuciones,
RESUELVE:
PRIMERO.- Aprobar el Reglamento de las Condiciones Normativas y Técnicas para el Acceso Gratuito a Sitios Web, que en Anexo forma parte integrante e indivisible de la presente Resolución Ministerial.
SEGUNDO.- La presente Resolución Ministerial y su anexo entrarán en vigencia a partir de su publicación, conforme a las normas legales vigentes.
TERCERO.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial y su anexo, así como su publicación al Viceministerio de Telecomunicaciones y a la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes.


Comuníquese, regístrese y archívese.
Fdo. Milton Claros Hinojosa MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA.

Anexo
Anexo

Reglamento de las condiciones normativas y técnicas para el acceso gratuito a sitios web

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Resolución Ministerial Nº 46-2018, 1 de marzo de 2018
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoRM
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario10 DE MARZO DE 2018.- Aprueba el Reglamento de las Condiciones Normativas y Técnicas para el Acceso Gratuito a Sitios Web, que en Anexo forma parte integrante e indivisible de la presente Resolución Ministerial
KeywordsGaceta 1042NEC, Resolución Ministerial, marzo/2018
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/157531
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1042NEC, 201804a.lexml
CreadorFdo. Milton Claros Hinojosa MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-29894] Bolivia: Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, DS Nº 29894, 7 de febrero de 2009
Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional
[BO-L-N164] Bolivia: Ley General de telecomunicaciones, tecnologías de información y comunicación, 8 de agosto de 2011
Ley General de telecomunicaciones, tecnologías de información y comunicación
[BO-DS-N1793] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1793, 13 de noviembre de 2013
Aprueba el Reglamento a la Ley Nº 164, de 8 de agosto de 2011, para el Desarrollo de Tecnologías de Información y Comunicación, que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
[BO-DS-N3251] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3251, 11 de julio de 2017
12 DE JULIO DE 2017.- Tiene por objeto: a) Aprueba el Plan de Implementación de Gobierno Electrónico que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo; b) Aprueba el Plan de Implementación de Software Libre y Estándares Abiertos que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo; c) Establece aspectos complementarios para la implementación de ambos planes.
[BO-RE-RM-46-2018] Bolivia: Reglamento de las condiciones normativas y técnicas para el acceso gratuito a sitios web, 1 de marzo de 2018
Reglamento de las Condiciones Normativas y Técnicas para el Acceso Gratuito a Sitios Web

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