Bolivia: Ley Nº 513, 26 de marzo de 2014

Ley Nº 513
LEY DE 26 DE MARZO DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.-

  1. De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación a título gratuito de los siguientes bienes inmuebles:
    1. Lote de terreno de 5.000 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Desaguadero, situado en la zona Paiskakollo Taypi, Provincia Ingavi, Municipio de Desaguadero del Departamento de La Paz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada N° 2.08.4.01.0000802, cuyas colindancias son: al Norte: Bosquecillo; al Sur: Nueva Urbanización; al Este: Conturin; y al Oeste: Braulio Prudencio; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 016/2013, de fecha 19 de julio de 2013.
    2. Lote de terreno de 11.760,36 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Achacachi, situado en Kjasina Norte de la Provincia Omasuyos, Municipio de Achacachi del Departamento de La Paz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 2.02.1.01.0001002, cuyas colindancias son: al Norte: Área común; al Sur: Área común; al Este: Carretera Achacachi - La Paz; y al Oeste: Área común; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 030/2013, de fecha 12 de junio de 2013.
    3. Lote de terreno de 6.570,60 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana, situado en la avenida José P. Mejía zona Villa Bella Cruz de la Provincia Manco Kapac, Municipio de Copacabana del Departamento de La Paz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 2.17.1.01.0001834, cuyas colindancias son: al Norte: Avenida José P. Mejía; al Sur: Avenida Illampu; al Este: Calle sin nombre; y al Oeste: Calle Entre Ríos; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 23/2013, de fecha 4 de julio de 2013.
    4. Lote de terreno de 5.000 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi, situado en la zona Sub-Urbana (Sector Broncini) avenida Cafetal, Lote 1 - Manzano 4, Provincia Caranavi, Municipio de Caranavi del Departamento de La Paz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 2.20.1.01.0002229, cuyas colindancias son: al Norte: Avenida Cafetal; al Sur: Lote 2; al Este: Calle E; y al Oeste: Calle A; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 026/2013, de fecha 1 de agosto de 2013.
    5. Lote de terreno de 5.052,36 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Guanay, situado en la zona Miguel Doolling, Provincia Larecaja, Municipio de Guanay del Departamento de La Paz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 2.06.2.01.0000188, cuyas colindancias son: al Norte: NSC; al Sur: NSC; al Este: NSC; y al Oeste: NSC; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 055/2013, de fecha 9 de agosto de 2013.
    6. Lote de terreno de 5.000 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Coroico, situado en la zona “C” localidad de Coroico Circunvalación-Ex Ferrocarril, Provincia Nor Yungas, Municipio de Coroico del Departamento de La Paz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 2.14.1.01.0001474; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 026/2013, de fecha 23 de agosto de 2013.
    7. Lote de terreno de 3.273,52 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Challapata, situado en la carretera Panamericana a Potosí entre Atahuallpa y Pando Área de Equipamiento, Provincia Avaroa, Primera, Municipio de Challapata del Departamento de Oruro, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 4.02.1.01.0002851, cuyas colindancias son: al Norte: Pasaje sin nombre; al Sur: Calle Atahuallpa; al Este: Calle Pando; y al Oeste: Carretera Panamericana a Potosí; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 018/2013, de fecha 24 de abril de 2013.
    8. Lote de terreno de 8.612,63 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Llallagua, situado en la zona Nº 3 distrito de Llallagua, Provincia Rafael Bustillo, Tercera, Municipio de Llallagua del Departamento de Potosí, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 5.02.3.01.0003061, cuyas colindancias son: al Norte: Río Chaquimayu; al Sur: Sede del Ayllu Chuilpa; al Este: Camino asfaltado a Llallagua - Huanuni; y al Oeste: Con Río Chaquimayu; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 041/2013, de fecha 24 de mayo de 2013.
    9. Lote de terreno de 5.332 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Uyuni, situado en la calle Tomás Frías, avenida 24 y avenida 26 Barrio Petrolero, Provincia Antonio Quijarro, Primera, Municipio de Uyuni del Departamento de Potosí, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 5.12.1.01.0002477, cuyas colindancias son: al Norte: Carretera Uyuni-Potosí; al Sur: Calle Tomás Frías; al Este: Avenida 26; y al Oeste: Avenida 24; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 24/2013, de fecha 4 de junio de 2013.
    10. Lote de terreno de 5.064,28 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Villazón, situado en la zona “Y. P. F. B.” Manzano Nº 70, Predio N° 2, Provincia Modesto Omiste, Primera, Municipio de Villazón del Departamento de Potosí, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 5.15.1.01.0006036, cuyas colindancias son: al Norte: Avenida Circunvalación; al Sur: Aduana Nacional de Bolivia; al Este: Línea Férrea; y al Oeste: Calle s/n; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 33/2013, de fecha 28 de junio de 2013.
    11. Lote de terreno de 3.527,90 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, situado en la zona “Villa Remedios”, (Urbanización Alfredo Domínguez) Predio Nº A, Provincia Sur Chichas, Primera, Municipio de Tupiza del Departamento de Potosí, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 5.08.1.01.0003672, cuyas colindancias son: al Norte: Avenida Simón Bolívar; al Sur: Quebrada Tolonia; al Este: Serranía; y al Oeste: Carretera Tupiza - Atocha; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 024/2013, de fecha 26 de junio de 2013.
    12. Lote de terreno de 2.500 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, situado en la zona “Villa Remedios”, (Urbanización Alfredo Domínguez) Predio Nº B, Provincia Sur Chichas, Primera, Municipio de Tupiza del Departamento de Potosí, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 5.08.1.01.0003673, cuyas colindancias son: al Norte: Avenida Simón Bolívar; al Sur: Propiedad Municipal; al Este: Carretera Tupiza - Atocha; y al Oeste: Avenida Bolivia; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 025/2013, de fecha 26 de junio de 2013.
    13. Lote de terreno de 8.743,73 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de San Julián, situado en la UV N° 20, Manzana N° 12 zona de San Julián - Plaza, Provincia Andrés Ibáñez, Primera, Municipio de San Julián del Departamento de Santa Cruz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 7.01.1.99.0054853, cuyas colindancias son: al Norte: Manzanas N° 23 y 24; al Sur: Manzana N° 50; al Este: Manzana N° 1; y al Oeste: Avenida Circunvalación y avenida sin nombre; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 017/2013, de fecha 17 de mayo de 2013.
    14. Lote de terreno de 5.332,25 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Ascensión de Guarayos, situado en la zona Sur, UV 20, Manzana s/n Lote 1-Guarayos, Provincia Guarayos, Primera, Municipio de Ascensión de Guarayos (c.) del Departamento de Santa Cruz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 7.15.1.01.0002610, cuyas colindancias son: al Norte: Mario Barbery S. y mide 56,40 metros; al Sur: Carretera Santa Cruz - Trinidad y mide 58,70 metros; al Este: Propiedad San Joaquín y mide 92,70 metros; y al Oeste: EMAPA y mide 93,10 metros; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 62/2013, de fecha 27 de agosto de 2013.
    15. Lote de terreno de 5.000 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de San Ignacio de Velasco, situado en la zona Sur UV 9, Manzana 117, Lote N° 1 “Barrio San Miguel - Calle N° 7”, Provincia Velasco, Primera, Municipio de San Ignacio de Velasco (c.) del Departamento de Santa Cruz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 7.03.1.01.0005377, cuyas colindancias son: al Norte: Calle N° 7 y mide 50 metros; al Sur: Calle N° 8 y mide 50 metros; al Este: Calle Mariano Dorado Turube y mide 100 metros; y al Oeste: Terreno municipal y mide 100 metros; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 22/2013-2014, de fecha 27 de agosto de 2013.
    16. Lote de terreno de 6.216,00 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de San Borja, situado en la zona “Horeb”, Sector 5, Manzano 000, Lote 1, Provincia General José Ballivián, Segunda, Municipio de San Borja del Departamento de Beni, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 8.03.2.01.0006583, cuyas colindancias son: al Norte: Camino vecinal a la Estrella; al Sur: Carretera San Borja a Yucumo; al Este: Prolongación calle Peroto; y al Oeste: Propiedad de los vendedores; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 021/2013, de fecha 9 de julio de 2013.
    17. Lote de terreno de 3.052,35 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Municipal de Santa Ana de Yacuma, situado en la zona Belén Serie “H” Manzana Nº 278 Santa Ana de Yacuma, Lote B, Provincia Yacuma, Primera, Municipio de Santa Ana de Yacuma Departamento de Beni, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 8.04.1.01.0001533, cuyas colindancias son: al Norte: Terreno de propiedad municipal; al Sur: Avenida aeropuerto; al Este: Calle Elías Nacif Nacuze; y al Oeste: Propiedad de YPFB; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 026/2013, de fecha 28 de noviembre de 2013.
    18. Lote de terreno de 5.000,00 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Huanuni, situado en la zona Sajsani en el camino Huanuni a Oruro de la localidad NSC, Provincia Cercado, Capital, Municipio de Oruro del Departamento de Oruro, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 4.01.1.01.0031517, cuyas colindancias son: al Norte: Terrenos de la comunidad de Sajsani; al Sur: Terrenos de la comunidad de Sajsani; al Este: Camino Huanuni-Oruro; y al Oeste: Terrenos de la comunidad de Sajsani; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 12/2013, de fecha 27 de junio de 2013.
    19. Lote de terreno de 5.000,00 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Cabezas “Estación de Servicio YPFB Mora”, situado en la Provincia Cordillera - Francisco Mora, del Departamento de Santa Cruz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 7.07.3.03.0000528, cuyas colindancias son: al Norte: Calle Pública s/n, mide 50 metros; al Sur: Marco Antonio Masanes Rodríguez, mide 50 metros; al Este: Carretera Santa Cruz - Yacuiba, mide 100 metros; y al Oeste: Marco Antonio Masanes Rodríguez, mide 100 metros; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 034/2013, de fecha 30 de diciembre de 2013.
    20. Lote de terreno de 5.000,00 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Cabezas “Estación de Servicio YPFB - Cabezas”, situado en la Provincia Cordillera, localidad Cabezas, barrio Caracore, Tercera, Municipio de Cabezas (c.) del Departamento de Santa Cruz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 7.07.3.01.0000555, cuyas colindancias son: al Norte: Terrenos Campo Ferial, mide 50.00 metros; al Sur: Terrenos municipales, mide 50.00 metros; al Este: Carretera Santa Cruz - Camiri, mide 100.00 metros; y al Oeste: Terrenos Municipales, mide 100.00 metros; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 033/2013, de fecha 30 de diciembre de 2013.
    21. Lote de terreno de 5.000,00 metros cuadrados, de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Roboré, situado en la UV 174 Barrio San Antonio, Provincia Chiquitos, Tercera, Municipio de Roboré del Departamento de Santa Cruz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 7.05.3.01.0001875, cuyas colindancias son: al Norte: Carretera Santa Cruz -Puerto Suarez, mide 125.00 metros; al Sur: Terreno Municipal, mide 125.00 metros; al Este: Terreno Municipal, mide 40.00 metros; y al Oeste: Alcides Martínez, mide 40.00 metros; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 072/2013, de fecha 19 de diciembre de 2013.
    22. Lote de terreno de 5.000,00 metros cuadrados, de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Rurrenabaque, situado sobre la carretera a Yucumo, sector La Tranca, Provincia General José Ballivián, Cuarta, Municipio de Rurrenabaque del Departamento de Beni, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 8.03.4.01.0002557, cuyas colindancias son: al Norte: Carretera a Yucumo; al Sur: Propiedad Municipal; al Este: Propiedad de Edwin Churqui; y al Oeste: Propiedad Municipal; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 017/2013, de fecha 21 de mayo de 2013.
  2. Los terrenos señalados en el Parágrafo precedente de la presente Ley, serán destinados a la construcción e instalación de Estaciones Satelitales de Regasificación del Proyecto de la Planta de Gas Natural Licuado.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil catorce.
Fdo. Zonia Guardia Melgar, Marcelo William Elío Chávez, Efraín Condori López, Roxana Camargo Fernández, Carlos Aparicio Vedia, Ángel David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil catorce.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Elba Viviana Caro Hinojosa MINISTRA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO E INTERINA DE LA PRESIDENCIA, Juan José Hernando Sosa Soruco, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 513, 26 de marzo de 2014
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprueba la enajenación a título gratuito de bienes inmuebles, destinados a la construcción e instalación de Estaciones Satelitales de Regasificación del Proyecto de la Planta de Gas Natural Licuado.
KeywordsGaceta 629NEC, Ley, marzo/2014
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/151998
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 629NEC, 201404a.lexml
CreadorFdo. Zonia Guardia Melgar, Marcelo William Elío Chávez, Efraín Condori López, Roxana Camargo Fernández, Carlos Aparicio Vedia, Ángel David Cortés Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Elba Viviana Caro Hinojosa MINISTRA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO E INTERINA DE LA PRESIDENCIA, Juan José Hernando Sosa Soruco, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N513] Bolivia: Ley Nº 513, 26 de marzo de 2014
Aprueba la enajenación a título gratuito de bienes inmuebles, destinados a la construcción e instalación de Estaciones Satelitales de Regasificación del Proyecto de la Planta de Gas Natural Licuado.

Referencias a esta norma

[BO-DS-22393] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22393, 16 de diciembre de 1989
Se establece servidumbre forzosa perpetua de acueducto en favor del proyecto multipropósito San Jacinto, conforme al artículo 266 del Código Civil, sobre todos los predios, inmuebles y terrenos de personas particulares individuales o colectivas,asi como estatales, ubicados dentro el perimetro de las obras, para la construcción de canales, tendido e instalación de tuberías, líneas de energía depósitos de regulación, plantas de bombeo, caminos de servicios y mantenimiento de obras, etcétera

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