Bolivia: Ley Nº 384, 20 de junio de 2013

LEY DE 19 DE JUNIO DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se abroga la Ley Nº 2384 de 22 de mayo de 2002, que autoriza al Órgano Ejecutivo, por intermedio del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado-SENAPE y Corporación Minera de Bolivia-COMIBOL, transferir a título gratuito a favor de la Mancomunidad de los municipios de Llallagua, Uncía y Chayanta de la provincia Bustillo del departamento de Potosí, los bienes inmuebles, bienes de producción, muebles, maquinaria, maestranza, carpintería y Fundición de Catavi, en su totalidad.

Artículo 2°.- La Corporación Minera de Bolivia-COMIBOL en el marco de la nueva Política Minera y de acuerdo a la Ley Nº 3720 de 31 de julio de 2007, participa directamente en la cadena productiva, para lo cual, recupera la propiedad de los bienes inmuebles productivos, con todas sus instalaciones y servicios conexos, Fundición Catavi, Maestranza Catavi y Carpintería Catavi, pasando a dominio directo de la COMIBOL, para ser destinados a cumplir actividades productivas en la región y generar nuevas fuentes de trabajo.

Artículo 3°.- Quedan abrogadas y derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los cuatro días del mes de junio de dos mil trece años.
Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Yusser Rolando Villarroel Garviso, Andrés Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelo Elío Chávez, Angel David Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil trece.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Mario Virreira Iporre, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 384, 20 de junio de 2013
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAbroga la Ley 2384 de 22 de mayo de 2002, que autoriza al Órgano Ejecutivo, por intermedio del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado-SENAPE y Corporación Minera de Bolivia-COMIBOL, transferir a título gratuito a favor de la Mancomunidad de los municipios de Llallagua, Uncía y Chayanta de la provincia Bustillo del departamento de Potosí, los bienes inmuebles, bienes de producción, muebles, maquinaria, maestranza, carpintería y Fundición de Catavi, en su totalidad.
KeywordsGaceta 538NEC, Ley, junio/2013
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/142280
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 538NEC, 201306c.lexml
CreadorFdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Yusser Rolando Villarroel Garviso, Andrés Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelo Elío Chávez, Angel David Cortéz Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Mario Virreira Iporre, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Abroga a

[BO-L-2384] Bolivia: Ley Nº 2384, 22 de mayo de 2002
Autorízase al Poder Ejecutivo, y COMIBOL transferir, en favor de la Mancomunidad de Municipios de Llallagua, Uncía y Chayanta de la Provincia Bustillos del Departamento de Potosí, los bienes inmuebles, bienes de producción, muebles, maquinaria, maestranza, carpintería y Fundición de Catavi

Véase también

[BO-L-3720] Bolivia: Ley Nº 3720, 31 de julio de 2007
La Corporación Minera de Bolivia participará directamente en la cadena productiva con las siguientes funciones: Prospección y exploración; Explotación; Concentración; Fundición y refinación; Comercialización de minerales y metales; Administrar las áreas fiscales

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