Bolivia: Ley Nº 380, 17 de mayo de 2013

LEY DE 17 DE MAYO DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- (Aprobación del Contrato de servicios petroleros) De conformidad con lo establecido por el Artículo 362, parágrafo II, de la Constitución Política del Estado y la autorización dispuesta por la Ley Nº 245 de 1 de junio de 2012, se aprueba el CONTRATO DE SERVICIOS PETROLEROS PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ÁREAS RESERVADAS, A FAVOR DE YPFB, CORRESPONDIENTE al ÁREA SANANDITA, ubicado en el Departamento de Tarija, suscrito en fecha 1 de octubre de 2012, entre Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB y la empresa EASTERN PETROLEUM & GAS S. A.

Artículo 2°.- (Declaratoria de comercialidad) Una vez que la empresa EASTERN PETROLEUM & GAS S. A., titular del periodo de exploración, realice uno o más descubrimientos comerciales, y ésta sea aprobada por YPFB conforme a la Ley de Hidrocarburos y normativa vigente, el titular del periodo de exploración cederá todos sus derechos concernientes al área de explotación, a favor de una Sociedad de Economía Mixta - S. A. M., a ser constituida entre YPFB y la empresa EASTERN PETROLEUM & GAS S. A., conforme al modelo de contrato de cesión, establecido en el Anexo “G” del contrato de servicios petroleros previsto en el Artículo 1 de la presente Ley.

Artículo 3°.- (Sociedad de economía mixta) La Sociedad de Economía Mixta -S. A. M., a ser conformada entre YPFB y la empresa EASTERN PETROLEUM & GAS S. A., se regirá íntegramente por el Código de Comercio, Ley General de Trabajo y demás normativas que los sustituyan conforme al ordenamiento jurídico vigente en el Estado Plurinacional de Bolivia, debiendo dicha sociedad sujetarse a la aplicación y previsiones establecidas en el Artículo 5 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, Ley de Administración y Control Gubernamentales, teniendo la obligación de informar a las entidades públicas competentes sobre el destino y resultado del manejo de los recursos aportados por el Estado, así como la presentación de sus estados financieros debidamente auditados.

Artículo 4°.- (Aporte estatal)

  1. Se aprueba el aporte de participación Estatal en la S. A. M. a constituirse entre YPFB y la empresa EASTERN PETROLEUM & GAS S. A., mismo que alcanza a Bs.4.200.000,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS mil 00/100 BOLIVIANOS), monto suscrito y pagado en el marco del Artículo 430 del Código de Comercio, siendo que dicho aporte proviene únicamente de los recursos propios de YPFB.
  2. Una vez aprobada la declaratoria de comercialidad en el área Sanandita, YPFB queda autorizada para realizar el desembolso del monto suscrito y pagado, correspondiente a la participación estatal.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los trece días del mes de mayo del año dos mil trece.
Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés Agustín Villca Daza, Marcelina Chavez Salazar, Marcelo Elío Chávez, Carlos E. Subirana G.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil trece.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Ana Teresa Morales Olivera, Mario Virreira Iporre MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍA, Daniel Santalla Torrez, Amanda Dávila Torres.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 380, 17 de mayo de 2013
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprueba el CONTRATO DE SERVICIOS PETROLEROS PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ÁREAS RESERVADAS, A FAVOR DE YPFB, CORRESPONDIENTE AL ÁREA SANANDITA, ubicado en el Departamento de Tarija, suscrito en fecha 1 de octubre de 2012, entre Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB y la empresa EASTERN PETROLEUM & GAS S.A.
KeywordsGaceta 527NEC, Ley, mayo/2013
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141878
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 527NEC, 201306a.lexml
CreadorFdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés Agustín Villca Daza, Marcelina Chavez Salazar, Marcelo Elío Chávez, Carlos E. Subirana G. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Ana Teresa Morales Olivera, Mario Virreira Iporre MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍA, Daniel Santalla Torrez, Amanda Dávila Torres.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-19390524] Bolivia: Ley General del Trabajo, 24 de mayo de 1939
Ley General del Trabajo.-- Pónese en vigencia a partir de la fecha.
[BO-COD-DL14379] Bolivia: Código de Comercio, 25 de febrero de 1977
Código de Comercio
[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-L-3085] Bolivia: Ley Nº 3085, 23 de junio de 2005
Declárase de prioridad y necesidad nacional, el desarrollo agropecuario y agroindustrial para mejorar la producción agrícola intensiva, pecuaria y forestal del Departamento, de Chuquisaca
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N245] Bolivia: Ley Nº 245, 1 de junio de 2012
Autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB suscribir el CONTRATO DE SERVICIOS PETROLEROS PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ÁREAS RESERVADAS A FAVOR DE YPFB, CORRESPONDIENTE AL ÁREA SANANDITA, ubicada en el Departamento de Tarija con la Empresa EASTERN PETROLEUM & GAS S.A.

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