Bolivia: Ley Nº 308, 14 de noviembre de 2012

LEY DE 13 DE NOVIEMBRE DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.-

  1. De conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I Atribución 10ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento - CAF, en fecha 4 de octubre de 2012, por la suma de hasta $us115.000.000.00.- (CIENTO QUINCE MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el “Programa Más Inversiones para el Agua II - MIAGUA II”.
  2. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del mencionado Contrato de Préstamo aprobado por la presente Ley.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil doce.
Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, María Elena Méndez León, Wilson Chagaray T., Ángel David Cortéz Villegas
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil doce
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Luis Alberto Arce Catacora, Elba Viviana Caro Hinojosa, José Antonio Zamora Gutiérrez, Amanda Dávila Torres

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 308, 14 de noviembre de 2012
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprueba el Contrato de Préstamo suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento – CAF, en fecha 4 de octubre de 2012, por la suma de hasta $us115.000.000.00, destinados a financiar el “Programa Más Inversiones para el Agua II – MIAGUA II”.
KeywordsGaceta 443NEC, Ley, noviembre/2012
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141525
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 443NEC, 201211c.lexml
CreadorFdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, María Elena Méndez León, Wilson Chagaray T., Ángel David Cortéz Villegas Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Luis Alberto Arce Catacora, Elba Viviana Caro Hinojosa, José Antonio Zamora Gutiérrez, Amanda Dávila Torres
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009

Referencias a esta norma

[BO-DS-22871] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22871, 18 de julio de 1991
Se deroga el decreto supremo 22666 de 5 de diciembre de 1,990 por contravenir las disposiciones de la Ley 308 de 10 de enero de 1,964 y de los D.S 7663 de 8 de junio de 1,966 y 15098 de 9 de noviembre de 1,977.
[BO-DS-22973A] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22973A, 14 de noviembre de 1991
Se complementa el artículo único del decreto supremo 15890 de 19 de octubre de 1978, en sentido que el Presidente del Consejo Nacional de Ingeniería será designado por el Presidente de la República de una terna propuesta por la Sociedad de Ingenieros de Bolivia.

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