Bolivia: Ley Nº 232, 9 de abril de 2012

LEY DE 9 DE ABRIL DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY DEL FONDO PARA LA REVOLUCION INDUSTRIAL PRODUCTIVA (FINPRO)

Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley tiene por objeto crear el “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” - FINPRO y establecer los mecanismos de financiamiento y asignación de sus recursos en el marco del Artículo 316, numeral 4, de la Constitución Política del Estado.

Artículo 2°.- (Creación)

  1. El Fondo para la Revolución Industrial Productiva - FINPRO dispondrá de un mil doscientos millones 00/100 de Dólares Estadounidenses ($us1.200.000.000.-) al inicio de sus operaciones.
  2. El Fondo para la Revolución Industrial Productiva - FINPRO se crea bajo la forma de un fideicomiso, con una duración de 30 años renovables y con un monto de seiscientos millones 00/100 de Dólares Estadounidenses ($us600.000.000.-), provenientes de las Reservas Internacionales.
  3. Adicionalmente, FINPRO contará con un crédito de seiscientos millones 00/100 de Dólares Estadounidenses ($us600.000.000.-), otorgado por el Banco Central de Bolivia - BCB - al momento de creación de FINPRO, con recursos de las Reservas Internacionales.

Artículo 3°.- (Finalidad)

  1. FINPRO tiene la finalidad de financiar la inversión de emprendimientos productivos del Estado que generen excedentes.
  2. Los emprendimientos productivos referidos en el parágrafo precedente estarán a cargo de empresas públicas y/o sociedades comerciales con participación mayoritaria del Estado, emprendimientos conjuntos del Nivel Central del Estado y las entidades territoriales autónomas, y otras entidades públicas.
  3. Los emprendimientos productivos que financie FINPRO estarán orientados a la transformación de la matriz productiva y necesariamente incorporarán la etapa de industrialización de materias primas, así como de alimentos en el marco de la política de seguridad y soberanía alimentaria.

Artículo 4°.- (Identificacion y aprobacion de emprendimientos productivos)

  1. El Órgano Ejecutivo definirá la instancia que identificará los emprendimientos productivos que puedan ser financiados con base, al menos, en estudios de pre-factibilidad que concluyan que dichos emprendimientos se encuentran en el marco de la finalidad de FINPRO. Corresponde al Ministerio cabeza del sector y/o a la Máxima Autoridad de la Entidad Territorial Autónoma respectiva, mediante resolución expresa, confirmar la validez del estudio de factibilidad del emprendimiento productivo que asegura la devolución del financiamiento otorgado por FINPRO.
  2. Mediante Decreto Supremo se aprobará la asignación de los recursos de FINPRO para el financiamiento de emprendimientos productivos factibles.
  3. Se autoriza a los Ministerios de Planificación del Desarrollo y de Economía y Finanzas Públicas a incorporar en los presupuestos de las instituciones referidas en el Artículo 3 de la presente Ley, los recursos provenientes de FINPRO para financiar la ejecución de los emprendimientos productivos aprobados mediante Decreto Supremo, debiendo ambos Ministerios informar semestralmente a la Asamblea Legislativa Plurinacional sobre la inscripción de estos recursos.

Artículo 5°.- (Financiamiento, reembolso y garantía) Todo el financiamiento otorgado por FINPRO a los emprendimientos productivos deberá ser reembolsado por las empresas públicas y/o sociedades comerciales con participación mayoritaria del Estado, entidades territoriales autónomas o las entidades públicas prestatarias a cargo de los emprendimientos productivos financiados. Para la cobertura del riesgo crediticio las empresas y entidades prestatarias, en función de sus flujos de caja, deberán crear reservas destinadas a la amortización del financiamiento recibido. Asimismo, el Tesoro General de la Nación garantizará la operación de financiamiento mediante la emisión de bonos u otras formas o instrumentos que considere.

Artículo 6°.- (Recursos)

  1. El fideicomiso de FINPRO se constituirá con la transferencia no reembolsable de seiscientos millones 00/100 de Dólares Estadounidenses ($us600.000.000.-) provenientes de las Reservas Internacionales que efectúe el BCB en el marco de lo señalado en el Artículo 2 de la presente Ley.
  2. Adicionalmente, constituyen recursos de FINPRO:
    - Un préstamo que efectúe el BCB al fideicomiso por el monto de seiscientos millones 00/100 de Dólares Estadounidenses ($us600.000.000.-) provenientes de las Reservas Internacionales, en el marco de lo señalado en el Artículo 2 de la presente Ley, sin costo financiero alguno, a un plazo de treinta años, desembolsable de una sola vez, pagadero a vencimiento, con la garantía del patrimonio del fideicomiso.
    - Otros préstamos, transferencias y/o donaciones;
    - Reembolsos y rendimientos de cartera;
    - Rendimientos de la inversión de recursos líquidos en moneda extranjera pendientes de aplicación.
  3. Los recursos líquidos disponibles de FINPRO se mantendrán depositados en el BCB en un centro de administración independiente del balance del ente emisor. Los recursos de FINPRO en moneda nacional entre tanto se encuentren pendientes de ser utilizados a los fines de su creación no serán remunerados, mientras que los recursos en moneda extranjera serán invertidos a través del BCB en valores u operaciones financieras análogas a las realizadas en la gestión de Reservas Internacionales y sus rendimientos incrementarán los recursos de FINPRO. Los recursos no serán contabilizados como parte de las Reservas Internacionales.

Artículo 7°.- (Fideicomitente, fiduciario y beneficiarios)

  1. Las funciones de fideicomitente de FINPRO, serán ejercidas por el BCB, circunscritas a efectuar la transferencia de recursos prevista en el parágrafo I del Artículo 6 de la presente Ley y suscribir el respectivo contrato de fideicomiso, cediendo sus derechos de fideicomitente al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, previstos en el Código de Comercio que corresponda.
  2. El fideicomiso de FINPRO será administrado por un fiduciario designado mediante Decreto Supremo, en el marco del Contrato de Constitución del Fideicomiso propuesto por la entidad fiduciaria y aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, donde se establecerán las obligaciones, prohibiciones y responsabilidades del Fiduciario. Las funciones encomendadas a la entidad financiera fiduciaria incluirán la representación legal de FINPRO. El fiduciario designado administrará el fideicomiso de FINPRO sin remuneración.
  3. Los beneficiarios de FINPRO son las entidades comprendidas en el Artículo 3 elegidas de acuerdo a lo señalado por el Artículo 4 de la presente Ley. A través de sus Máximas Autoridades Ejecutivas y Órganos de Administración son responsables del logro de los objetivos de los proyectos financiados, así como de la correcta ejecución de los recursos, de los pagos de los financiamientos recibidos de FINPRO y de la rendición de cuentas.

Artículo 8°.- (Evaluacion seguimiento y control) Corresponde a los ministerios cabeza del sector y a los órganos de gobierno respectivos, la evaluación, seguimiento y control de los recursos del financiamiento otorgado por FINPRO a favor de las entidades públicas beneficiarias.
El destino o asignación de los recursos del financiamiento para fines distintos al objeto y finalidad del FINPRO, se sujetan a las responsabilidades civil y/o penal establecidas en la normativa vigente.

Artículo 9°.- (Exenciones tributarias) La constitución y administración, así como, la terminación y liquidación del fideicomiso de FINPRO estarán exentas de cualquier tributo, así como, de los gastos de protocolización y otros que se requiera para su formalización.

Disposiciones transitorias

Artículo 1°.- De acuerdo a lo previsto en el Artículo 2 se autoriza al BCB otorgar a FINPRO, con recursos de las Reservas Internacionales, un crédito extraordinario de seiscientos millones de Dólares Estadounidenses ($us600.000.000.-), sin costo financiero alguno, a un plazo de treinta años, desembolsable de una sola vez, pagadero al vencimiento, con la garantía del patrimonio de FINPRO.
En el marco del párrafo precedente y de acuerdo a lo establecido en el numeral 10 parágrafo I, del Artículo 158 y en el Artículo 322 de la Constitución Política del Estado, se autoriza al fideicomiso de FINPRO, representado por la entidad elegida como fiduciaria contraer el crédito referido con el BCB, exceptuándolo de los efectos y alcances de lo previsto en la Ley Nº 2042 de 21 de diciembre de 1999 de Administración Presupuestaria.
Para efectos de la transferencia no reembolsable y el otorgamiento del préstamo previsto en el Artículo 2, no son aplicables ninguna restricción contenida en la Ley Nº 1670, incluyendo lo dispuesto en los Artículos 22 y 23 de dicha norma, o cualquier disposición legal contraria.

Artículo 2°.- FINPRO iniciará sus actividades financiando la implementación de plantas de concentración y fundición de minerales, plantas de producción de textiles, plantas de industrialización de madera y plantas de industrialización de alimentos.

Disposiciones finales

Artículo 1°.- El Órgano Ejecutivo mediante Decreto Supremo reglamentará los aspectos operativos necesarios para la aplicación de la presente Ley.

Artículo 2°.- Se exceptúa de la aplicación de los Artículos 33 y 35 de la Ley Nº 2042, a las empresas públicas que, al momento de solicitud de financiamiento, tuviesen menos de dos años de funcionamiento.

Artículo 3°.- Para efectos de la garantía otorgada por el fideicomiso al Banco Central de Bolivia - BCB, no es aplicable ninguna restricción contenida en el Artículo 1410 del Código de Comercio.


Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.
Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, David Sánchez Heredia, Wilson Changaray T., Ángel David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de abril de dos mil doce años.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Ana Teresa Morales Olivera, Claudia Stacy Peña Claros.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 232, 9 de abril de 2012
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLEY DEL FONDO PARA LA REVOLUCION INDUSTRIAL PRODUCTIVA (FINPRO).
KeywordsGaceta 361NEC, 2012-04-09, Ley, abril/2012
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/139817
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 361NEC - Publicado el: 2012-04-09, 201204b.lexml
CreadorFdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, David Sánchez Heredia, Wilson Changaray T., Ángel David Cortés Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Ana Teresa Morales Olivera, Claudia Stacy Peña Claros.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1670] Bolivia: Ley de Banco Central de Bolivia, 31 de octubre de 1995
Ley de Banco Central de Bolivia
[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009

Referencias a esta norma

[BO-DS-N1367] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1367, 3 de octubre de 2012
Reglamenta la Ley N° 232, de 9 de abril de 2012, del Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO.
[BO-L-N317] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2013, 12 de diciembre de 2012
Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2013
[BO-DS-N1721] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1721, 11 de septiembre de 2013
Autoriza la asignación de recursos, estableciendo las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, para la Empresa Pública Productiva Cementos de Bolivia – ECEBOL, para la implementación, operación y puesta en marcha de la “Planta de Cemento en el Departamento de Oruro”.
[BO-DS-N1734] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1734, 18 de septiembre de 2013
Autoriza la asignación de recursos, estableciendo las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, para la Empresa Pública Productiva Cementos de Bolivia – ECEBOL, para la implementación, operación y puesta en marcha de la “Planta de Cemento en el Departamento de Oruro”.
[BO-DS-N1738] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1738, 25 de septiembre de 2013
Autoriza la asignación de recursos y establece las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, para la Empresa Pública Lácteos de Bolivia – LACTEOSBOL, para la implementación, operación y puesta en marcha de la “Planta Liofilizadora de frutas en el Trópico de Cochabamba”.
[BO-DS-N1759] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1759, 9 de octubre de 2013
Crea la Empresa Pública “QUIPUS” y autoriza la asignación de recursos del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO.
[BO-DS-N1979] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1979, 16 de abril de 2014
Crea la Empresa Pública “YACANA” y autorizar la asignación de capital con recursos provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, en el marco del régimen transitorio para la creación de empresas públicas de tipología Estatal.
[BO-DS-N2001] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2001, 19 de mayo de 2014
Autoriza la asignación de recursos y establece las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, para la “Implementación Planta Procesadora Apícola en Chuquisaca”, por parte de la Empresa Pública Productiva Apícola PROMIEL.
[BO-DS-N2044] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2044, 25 de junio de 2014
Autoriza la asignación de recursos provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO a la Empresa Minera Huanuni, dependiente de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL, para el Proyecto “Construcción y Equipamiento de Ingenio de 3000 TPD” que forma parte del proyecto “Implementación Programa Exploración y Equipamiento Empresa Minera Huanuni” con código SISIN 517-00021-00000, mismo que se encuentra en ejecución.
[BO-DS-N2066] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2066, 23 de julio de 2014
Autoriza la asignación de recursos del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, a la Empresa Eléctrica Corani S.A., filial de ENDE Corporación, para la implementación del proyecto “Parque Eólico Qollpana Fase II”.
[BO-L-N550] Bolivia: Ley Nº 550, 23 de julio de 2014
Aprueba la modificación al Presupuesto General del Estado Gestión 2014, para las entidades del sector público, y establece otras disposiciones financieras específicas para su aplicación.
[BO-DS-N2110] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2110, 8 de septiembre de 2014
Autoriza la asignación de recursos y establece las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, para la Empresa Pública Productiva Apícola, denominada PROMIEL.
[BO-DS-N2129] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2129, 25 de septiembre de 2014
Autoriza la asignación de recursos provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, para la adquisición de Concentrados de Estaño e Insumos considerados en la actualización del estudio del Proyecto “Planta de Fundición Ausmelt-Vinto”.
[BO-DS-N2125] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2125, 25 de septiembre de 2014
Autoriza la asignación de recursos y establece las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, para la Empresa Pública Lácteos de Bolivia – LACTEOSBOL.
[BO-DS-N2132] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2132, 2 de octubre de 2014
02 DE OCTUBRE DE 2014.- Crea la Empresa Pública “Sank’ayu”, autoriza la asignación de recursos del Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO y establece las condiciones del préstamo.
[BO-DS-N2247] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2247, 15 de enero de 2015
14 DE ENERO DE 2015.- Modifica el Parágrafo II del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 2066, de 23 de julio de 2014.
[BO-DS-N2290] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2290, 12 de marzo de 2015
11 DE MARZO DE 2015.- Autoriza la asignación de recursos del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, a la Empresa Pública Nacional Textil – ENATEX, para el proyecto “AMPLIACIÓN DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVA DE LA EMPRESA PÚBLICA NACIONAL TEXTIL”.
[BO-DS-N2329] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2329, 15 de abril de 2015
15 DE ABRIL DE 2015.- Crea la Empresa Pública Productiva “ENVIBOL”, autorizar la asignación de recursos del Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO y establecer las condiciones del préstamo.
[BO-DS-N2440] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2440, 9 de julio de 2015
08 DE JULIO DE 2015.- Autoriza la asignación de recursos y estable las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, para la “Implementación y Desarrollo del Complejo Productivo Apícola Los Yungas”, por parte de la Empresa Pública Productiva Apícola PROMIEL.
[BO-DS-N2508] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2508, 2 de septiembre de 2015
02 DE SEPTIEMBRE DE 2015.- Autoriza la asignación de recursos y establece las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA.
[BO-DS-N2602] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2602, 18 de noviembre de 2015
18 DE NOVIEMBRE DE 2015.- Autoriza la asignación de recursos del Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO y establece las condiciones del préstamo a favor de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA.
[BO-DS-N2601] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2601, 18 de noviembre de 2015
18 DE NOVIEMBRE DE 2015.- Autoriza la asignación de recursos del Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO y establece las condiciones del préstamo a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM para la Empresa Pública Lácteos de Bolivia – LACTEOSBOL.
[BO-DS-N2814] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2814, 22 de junio de 2016
22 DE JUNIO DE 2016.- Autoriza la asignación de recursos económicos provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO estableciendo las condiciones del préstamo a favor de la Empresa Minera Huanuni dependiente de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL, para el “Proyecto de Desarrollo, Preparación, Mecanización de Labores Mineras e Infraestructura Operativa - Empresa Minera Huanuni”.
[BO-DS-N2967] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2967, 9 de noviembre de 2016
08 DE NOVIEMBRE DE 2016.- Autoriza la asignación de recursos del Fondo para la Revolución Industrial Productiva y establece las condiciones del préstamo a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, para la Empresa Pública Nacional Estratégica Cementos de Bolivia – ECEBOL.
[BO-DS-N2978] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2978, 16 de noviembre de 2016
16 DE NOVIEMBRE DE 2016.- Autoriza la asignación de recursos del Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO y establecer las condiciones del préstamo a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, para la Empresa Pública Productiva Lácteos de Bolivia – LACTEOSBOL.
[BO-DS-N3338] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3338, 27 de septiembre de 2017
27 DE SEPTIEMBRE DE 2017.- Tiene por objeto:a) Crea la Empresa Pública denominada “Editorial del Estado Plurinacional de Bolivia”;b) Autoriza la asignación de recursos del Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO y establece las condiciones financieras del préstamo.
[BO-DS-N3359] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3359, 12 de octubre de 2017
11 DE OCTUBRE DE 2017.- Autoriza la asignación de recursos económicos provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, estableciendo las condiciones del préstamo a favor de la Empresa Minera Colquiri dependiente de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL, para la ejecución del proyecto “CONSTRUCCIÓN, NUEVA PLANTA DE CONCENTRACIÓN DE MINERALES DE ESTAÑO Y ZINC, CON CAPACIDAD DE TRATAMIENTO DE 2000 TPD”.
[BO-L-N1006] Bolivia: Ley Nº 1006, 20 de diciembre de 2017
20 DE DICIEMBRE DE 2017.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2018.
[BO-DS-N3448] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3448, 4 de enero de 2018
03 DE ENERO DE 2018.- Reglamenta la aplicación de la Ley N° 1006, de 20 de diciembre de 2017, que aprueba el Presupuesto General del Estado Gestión 2018.
[BO-DS-N3501] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3501, 7 de marzo de 2018
07 DE MARZO DE 2018.- Autoriza la asignación de recursos económicos provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, estableciendo las condiciones del préstamo a favor de la Empresa Pública Nacional Estratégica “Boliviana de Aviación – BoA”, para la ejecución del Proyecto “INCENTIVO AL DESARROLLO TURÍSTICO A TRAVÉS DE LA MEJORA EN LA DISPONIBILIDAD DE FLOTA DE AERONAVES” .
[BO-DS-N3592] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3592, 13 de junio de 2018
13 DE JUNIO DE 2018.- Autoriza la fusión de las Empresas Públicas Productivas: Empresa Boliviana de Almendra y Derivados – EBA, Lácteos de Bolivia – LACTEOSBOL y la Empresa Pública Productiva Apícola – PROMIEL, para constituir la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados denominada “EBA” de tipología Estatal.
[BO-DS-N3611] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3611, 4 de julio de 2018
04 DE JULIO DE 2018.- Modifica el Decreto Supremo N° 1734, de 18 de septiembre de 2013.
[BO-L-N1103] Bolivia: Ley de modificaciones al Presupuesto General del Estado - Gestión 2018, 25 de septiembre de 2018
25 DE SEPTIEMBRE DE 2018.- LEY DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO - GESTIÓN 2018.
[BO-DS-N3678] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3678, 3 de octubre de 2018
03 DE OCTUBRE DE 2018.- Modifica el Decreto Supremo N° 1979, de 16 de abril de 2014.
[BO-DS-N3719] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3719, 21 de noviembre de 2018
21 DE NOVIEMBRE DE 2018.- Realiza modificaciones e incorporaciones al Decreto Supremo N° 1367, de 3 de octubre de 2012, que reglamenta la Ley N° 232, de 9 de abril de 2012, del Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, modificada por la Ley N° 1006, de 20 de diciembre de 2017, del Presupuesto General del Estado Gestión 2018 y la Ley N° 1103, de 25 de septiembre de 2018, de Modificaciones al Presupuesto General del Estado - Gestión 2018.
[BO-L-N1135] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, 20 de diciembre de 2018
20 DE DICIEMBRE DE 2018.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2019.
[BO-L-N1206] Bolivia: Ley Nº 1206, 7 de agosto de 2019
LEY DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO – GESTIÓN 2019.
[BO-DS-N4024] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4024, 26 de agosto de 2019
Autoriza la asignación de recursos económicos provenientes del "Fondo para la Revolución Industrial Productiva" – FINPRO, estableciendo las condiciones del préstamo a favor de la Empresa Pública Nacional Estratégica "Boliviana de Aviación – BoA", para la ejecución del Proyecto "Incentivo al Desarrollo Turístico a través de la Renovación y Modernización de la Flota de Aeronaves".
[BO-DS-N4041] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4041, 18 de septiembre de 2019
Autoriza la asignación de recursos económicos provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, estableciendo las condiciones del préstamo a favor de la Empresa Siderúrgica del Mutún – ESM.
[BO-DS-N4104] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4104, 6 de diciembre de 2019
Modifica el Decreto Supremo Nº 2129, de 24 de septiembre de 2014, que autoriza la asignación de recursos a la Empresa Metalúrgica Vinto, provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, para la adquisición de Concentrados de Estaño e Insumos considerado
[BO-DS-N4207COMPENDIO] Bolivia: Decreto Supremo de 1 de abril de 2020
Difiere el pago de las cuotas correspondientes a los créditos otorgados con recursos provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, creado mediante Ley N° 232, de 9 de abril de 2012.
[BO-DS-N4207] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4207, 1 de abril de 2020
Difiere el pago de las cuotas correspondientes a los créditos otorgados con recursos provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, creado mediante Ley N° 232, de 9 de abril de 2012.
[BO-DS-N4235] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4235, 8 de mayo de 2020
Modifica el Decreto Supremo N° 2129, de 24 de septiembre de 2014, modificado por el Decreto Supremo N° 4104, de 6 de diciembre de 2019, que autoriza la asignación de recursos a la Empresa Metalúrgica Vinto, provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, para la adquisición de Concentrados de Estaño e Insumos considerados en la actualización del estudio del Proyecto “Planta de Fundición Ausmelt-Vinto”.
[BO-DS-N4269] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4269, 15 de junio de 2020
Modifica los Parágrafos I y II del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 4207, de 1 de abril de 2020.
[BO-DS-N4394] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4394, 13 de noviembre de 2020
Modifica el Decreto Supremo Nº 2129, de 24 de septiembre de 2014, modificado por el Decreto Supremo Nº 4104, de 6 de diciembre de 2019 y por el Decreto Supremo N° 4235, de 8 de mayo de 2020, que autoriza la asignación de recursos a la Empresa Metalúrgica Vinto, provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, para la adquisición de Concentrados de Estaño e Insumos considerados en la actualización del estudio del Proyecto “Planta de Fundición Ausmelt-Vinto”.
[BO-DS-N4421] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4421, 16 de diciembre de 2020
Abroga los Decretos Supremos N° 4207, de 1 de abril de 2020 y N° 4269, de 15 de junio de 2020; y deroga las Disposiciones Adicionales Primera y Segunda del Decreto Supremo N° 4339, de 16 de septiembre de 2020.
[BO-DS-N4660] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4660, 14 de enero de 2022
Autoriza la asignación de recursos y establece las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor de la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados – EBA, destinados a financiar el proyecto “Implementación Planta de Transformación de Productos de la Amazonía Boliviana”.
[BO-DS-N4659] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4659, 14 de enero de 2022
Autoriza la asignación de recursos y establece las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, para la Empresa Estratégica de Producción de Abonos y Fertilizantes – EEPAF.
[BO-DS-N4699] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4699, 20 de abril de 2022
Autoriza el diferimiento del pago de las cuotas a capital e intereses de la gestión 2022 de los Contratos de Préstamo de Dinero o Mutuo del Fideicomiso del Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO autorizados para determinados emprendimientos productivos.
[BO-DS-N4751] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4751, 6 de julio de 2022
Autoriza la asignación de recursos y establecer las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, destinados a financiar el proyecto “Implementación Planta Piscícola en la Amazonía”.
[BO-DS-N4752] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4752, 6 de julio de 2022
Autoriza la asignación de recursos y establecer las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, destinados a financiar el proyecto “Implementación Planta Piscícola en el Lago Titicaca”.
[BO-DS-N4827] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4827, 16 de noviembre de 2022
Autoriza la asignación de recursos y establece las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, destinados a financiar el proyecto “Implementación Planta Piscícola en el Chaco”.
[BO-DS-N4826] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4826, 16 de noviembre de 2022
Autoriza la asignación de recursos y establece las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, destinados a financiar el proyecto “Implementación de la Industria de Cárnicos en el Beni”.

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