Bolivia: Ley Nº 69, 30 de diciembre de 1960

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Elévase a categoría de ley el Decreto Supremo Nº 5491 de 9 de junio de 1960, que exime del pago del precio por transferencia de lotes de terreno en Alto Obrajes, a maestros de La Paz, en virtud de la ley de 15 de diciembre de 1957.

Artículo 2°.- Ampliase el mismo beneficio la liberación a favor de los funcionarios y empleados del Poder Legislativo, a quienes el Ministerio de Educación y Bellas Artes los adjudicó diez mil metros cuadrados de terreno en Alto Obrajes, en cumplimiento a los estatuido en la ley de 15 de diciembre de 1957.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 21 de diciembre de 1960.
Fdo. Rubén Julio C, Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; Cnl. Carmelo Cuellar I., Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra, Diputado Secretario; Armando Mollinedo B., Diputado Secretario.
POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 69, 30 de diciembre de 1960
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioElévase a ley el decreto que exige pago por transferencia de lotes de terreno en alto obrajes a maestros de La Paz
KeywordsLey, diciembre/1960
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=69
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Rubén Julio C, Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; Cnl. Carmelo Cuellar I., Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra, Diputado Secretario; Armando Mollinedo B., Diputado Secretario.
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