Artículo 1°.- Declárese de necesidad y utilidad pública la expropiación del inmueble de propiedad de Gregorio Peña Valda, situado entre las avenidas Serrudo No. 46 y Arce sin número de la ciudad de Potosí, con destino a la Jefatura Departamental de Tránsito de dicho distrito.
Artículo 2°.- La Prefectura del Departamento de Potosí, se encargará de los trámites relativos a la anterior expropiación, de acuerdo con las formalidades establecidas por la ley de 30 de diciembre de 1884.
Artículo 3°.- El valor correspondiente a dicha expropiación, será imputable al presupuesto de la Dirección General de Tránsito y Rodaje, en la gestión de 1961.
Norma | Bolivia: Ley Nº 66, 30 de diciembre de 1960 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Transito, expropiación en Potosí | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1960 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=66 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. R. Julio C, Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; Ciro Humbodt, Senador Secretario; F. Ayala Mercado, Senador Secretario; Guillermo Muños de la Barra, Diputado Secretario; M. Roncal Diputado Secretario. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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