Bolivia: Ley Nº 584, 30 de noviembre de 1983

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase el Cantón Muruhuta de la jurisdicción de la Provincia Loayza del Departamento de La Paz, comprendiendo su área de jurisdicción las comunidadees campesinas: Muruhuta, Mollini, Chillcani, Cacha, Pucu Pucuni, Corba, Tacura, Ayahuicu, Ayma y Okuiry Chillcani.

Artículo 2°.- Sus límites son los siguientes: al Norte, con la Comunidad Araca de la Provincia Aroma y Calamollo, Collpuma y Huarisa del Cantón Caracato de la Provincia Loayza; al Sur, con la comunidad Muruchapi de la Provincia Aroma y parte de Anchallani de la Provincia Loayza; al Este con el Cantón Anchallani de la Provincia Loayza, y, al Oeste, con las comunidades de Chiarumani, Irutira y parte de Araca de la Provincia Aroma.

Artículo 3°.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad con el Art. 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones del Cantón Muruhuta, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 26 de octubre de 1983.
H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Alfredo Monje, Senador Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.- H. Federico Alvarez Plata, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y tres años.
HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior, Migración y Justicia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 584, 30 de noviembre de 1983
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCantón Muruhuta, créase en la Provincia Loayza, La Paz
KeywordsLey, noviembre/1983
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=584
Referencias0001-4031.lexml
CreadorH. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Alfredo Monje, Senador Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.- H. Federico Alvarez Plata, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior, Migración y Justicia.
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PublicadorDeveNet.net

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Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

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