Artículo 1°.- Se declara de necesidad nacional y de primera prioridad dentro del Plan de Desarrollo, la construcción del camino pavimentado entre Sucre-Camiri.
Artículo 2°.- Para el estudio de factibilidad que fije las características técnicas como el tipo de asfalto del camino, el Poder Ejecutivo buscará las fuentes de financiamiento requeridas, en el término de 120 días, desde la fecha de promulgación de la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley Nº 481, 11 de junio de 1969 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se declara de necesidad nacional y de primera prioridad dentro del Plan de Desarrollo, la construcción del camino pavimentado entre Sucre Camiri. | ||||
Keywords | Gaceta 455, Ley, junio/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/22865 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 455, 202106f.lexml | ||||
Creador | Firmado: Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Senado Nacional, Franz Ondarza Linares, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario, Alberto Salcedo Pizarroso, Senador Secretario, Wálter Morales Aguilar, Diputado Secretario, Alfredo Calvo Vera, Diputado Secretario. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.