Bolivia: Ley Nº 443, 18 de diciembre de 1968

Ley Nº 443
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- El Parque Tunari, declarado mediante Decreto Supremo Nº 06045, de 30 de marzo de 1962, elevado a rango de Ley en 21 de noviembre de 1963, a partir de la promulgación de la presente Ley, pasa a depender del Ministerio de Agricultura.

Artículo 2°.- Los ítems de los presupuestos de la Prefectura y Alcaldía de Cochabamba, que estén directamente referidos a éste proyecto, son transferidos al Ministerio de Agricultura.

Artículo 3°.- La División Forestal, Caza y Pesca, dependiente del Ministerio de Agricultura, programará a la brebedad posible los trabajos a realizarse en este Parque y faccionará el presupuesto a base de los Items transferidos al Ministerio de Agricultura, de acuerdo al articulo anterior, y los ingresos recaudados por concepto de venta de árboles en pie, de acuerdo con el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 08063 de 16 de agosto de 1967.

Artículo 4°.- El Ministerio de Agricultura, mediante su División Forestal y en cooperación con la Prefectura y Municipalidad de Cochabamba, llevarán a la práctica el plan general de trabajos del Parque Tunari.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 21 de noviembre de 1968.
Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Senado Nacional, Oscar Ortíz Avaroma, Primer Secretario del H. Senado Nacional, Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario, Franz Ondarza Linares, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Mario Olaguivel Cassón, Senador Secretario, Alfredo Calvo Vera, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Presidente Constitucional de la República, René Baldivieso, Ministro de Agricultura.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 443, 18 de diciembre de 1968
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEl Parque Tunari, declarado mediante Decreto Supremo Nª 06045, de 30 de marzo de 1962, elevado a rango de Ley en 21 de noviembre de 1963
KeywordsGaceta 432, Ley, diciembre/1968
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/22824
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 432, 202106f.lexml
CreadorFDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Presidente Constitucional de la República, René Baldivieso, Ministro de Agricultura.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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Véase también

[BO-L-443] Bolivia: Ley Nº 443, 18 de diciembre de 1968
El Parque Tunari, declarado mediante Decreto Supremo Nª 06045, de 30 de marzo de 1962, elevado a rango de Ley en 21 de noviembre de 1963

Referencias a esta norma

[BO-DS-8835] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8835, 3 de julio de 1969
De conformidad con el artículo 4 de la Ley Nº 443 de 6 de diciembre de 1968.

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