Bolivia: Ley Nº 412, 30 de octubre de 1968

Ley Nº 412
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley.
EL H. CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Se eleva a rango de Ley el Decreto Supremo Nº 08019 de 21 de junio de 1967 por por el que se creó la Administración de Aeropuerto y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA) que tien por objeto la planificación, dirección y administración de aeropuertos abiretos y al servicio públicos en el territorio nacional y la organización del espacio aéreo y el control de su tránsito de acuerdo al anexo 2. del Convenio de Aviación Civil Internacional, suscrito en Chicago en 7 de Diciembre de 1944.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 14 de octubre de 1968.
FDO. Manfredo Kempff Mercado Presidente del H. Senado Nacional, Fdo. Oscar Ortíz Avaroma Congresal Senador Secretario, Fdo. Germán Vargas Martínez Congresal Diputado Secretario, Fdo. Franz Ondarza Linares Presidente de la H. Cámara de Diputados, Fdo. Mario Olaguivel Cassón Congresal Senador Secretario, Fdo. Iván Angulo Flores Congresal Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y ocho años.
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Presidente Constitucional de la República, Gustavo Méndez Torrico. Obras Públicas y Comunicaciones, Víctor Hoz de Vila Ministro Secretario General.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 412, 30 de octubre de 1968
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe eleva a rango de Ley el D.S. Nº 08019 de 21 de junio de 1967 por el que se creó la Administración de Aeropuerto y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA)
KeywordsGaceta 425Costo de Edición:10 Bs., Ley, octubre/1968
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/22855
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 425Costo de Edición:10 Bs., 202106f.lexml
CreadorFDO. Manfredo Kempff Mercado Presidente del H. Senado Nacional, Fdo. Oscar Ortíz Avaroma Congresal Senador Secretario, Fdo. Germán Vargas Martínez Congresal Diputado Secretario, Fdo. Franz Ondarza Linares Presidente de la H. Cámara de Diputados, Fdo. Mario Olaguivel Cassón Congresal Senador Secretario, Fdo. Iván Angulo Flores Congresal Diputado Secretario.
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Véase también

[BO-L-412] Bolivia: Ley Nº 412, 30 de octubre de 1968
Se eleva a rango de Ley el D.S. Nº 08019 de 21 de junio de 1967 por el que se creó la Administración de Aeropuerto y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA)

Referencias a esta norma

[BO-DS-24750] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24750, 31 de julio de 1997
El Ministerio de Hacienda a través de sus dependencias dejará de consignar a AASANA en el clasificador presupuestario como empresa pública.
[BO-L-2902] Bolivia: Ley de la Aeronáutica Civil de Bolivia, 29 de octubre de 2004
Ley de Aeronáutica Civil de Bolivia
[BO-DS-28530] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28530, 20 de diciembre de 2005
Se declara de urgente necesidad la adquisición de equipos de comunicación para AASANA.
[BO-DS-N1043] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1043, 16 de noviembre de 2011
Autoriza a la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea – AASANA incrementar la subpartida 25220 “Consultores de Línea” en Bs242.777, financiados con fuente 20 “Recursos Específicos”, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional, afectando las partidas 24200 “Mantenimiento y Reparación de Vías de Comunicación” y 24300 “Otros Gastos por Concepto de Instalación, Mantenimiento y Reparación”, para la contratación de consultores en las Oficinas Regionales de Trinidad y Cochabamba.

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