Bolivia: Ley Nº 3990, 18 de diciembre de 2008

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- De conformidad con la atribución 12º del artículo 59 de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica la adhesión del Estado Boliviano al “Convenio de Formación, Titulación y Guardia de Gente de Mar” de 1978, enmendado en 1995, aprobado por la Organización Marítima Internacional - OMI, el cual se en cuentra adjunto como anexo.

Artículo 2°.- Se encomienda a la Fuerza Naval Boliviana, la administración, supervisión y control del cumplimiento del “Código de Formación”, así como la creación de la “Escuela Marítima” 'para la formación y titulación de gente de mar.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil ocho años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez Cal vo, Fredy Omar Fernández Q., Heriberto Lázaro Barcaya, Peter Maldonado Bakovic.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil ocho años.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes; Juan Ra món Quintaría. Taborga, Walker Sixto San Miguel Rodríguez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3990, 18 de diciembre de 2008
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprueba y ratifica la adhesión del Estado Boliviano al "Convenio de Formación, Titulación y Guardia de Gente de Mar" de 1978, enmendado en 1995, aprobado por la Organización Marítima Internacional - OMI
KeywordsLey, diciembre/2008
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3990
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez Cal vo, Fredy Omar Fernández Q., Heriberto Lázaro Barcaya, Peter Maldonado Bakovic. Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes; Juan Ra món Quintaría. Taborga, Walker Sixto San Miguel Rodríguez.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

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