Bolivia: Ley Nº 3279, 9 de diciembre de 2005

SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara de necesidad nacional la implementación de fuentes de generación de energías alternativas en el Departamento del Beni.

Artículo 2°.- Se faculta al Poder Ejecutivo la utilización de recursos del Tesoro General de la Nación, donaciones y/o créditos externos que sean necesarios para la instalación de unidades de genreación de energía con fuentes alternativas al diesel, que serán consideradas energías base a la generación eléctrica.

Artículo 3°.- Se suspende por cinco años el pago a las utilidades a partir del inico de operaciones de las empresas que generen energías alternativas enel Departamento del Beni, así como los impuestos IVA de importación, aranceles y tasas de internación, por la importación de maquinaria y equipo destinado a estos proyectos.

Artículo 4°.- La Empresa Nacional de Eléctricidad - ENDE queda autorizada para la conformación de empresas mixtas, contratos de riesgo compartido y otras modalidades de asociación o sociedades con empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras para el logro de los objetivos señalados en la presente Ley, quedando estas sociedades y/o empresas facultadas a otorgar las concesiones pro parte de la Superintendencia de Eléctricidad.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de noviembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Norma Cardona de Jordán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil cinco años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3279, 9 de diciembre de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe declara de necesidad nacional la implemenlación de fuentes de generación de energías alternativas en el Departamento del Beni
KeywordsLey, diciembre/2005
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3279
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Norma Cardona de Jordán.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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